Sin importar
cuánta experiencia tengas en abogar por mujeres víctimas
de violencia en el sistema de justicia criminal, casi cada
caso te presentará preguntas nuevas y desafiantes.
* Un agente
de policía te dice que no puede llevar a cabo un
arresto porque la palabra "cohabitante" en la
legislación sobre violencia doméstica no
cubre a dos personas que viven bajo el mismo techo si
no tienen una relación íntima. ¿Te
está dando el oficial información correcta
o sólo te lo dice para evitarse el trabajo de realizar
un arresto?
* Un fiscal te informa que no puedes asistir a su reunión
con la víctima porque esto te convertiría
en testiga en el caso. ¿Es correcta la información
que el fiscal te está dando o te dice eso solamente
para separarte de tu clienta?
* Una víctima
de violación dice que el detective le exigió
que le entregara su diario, pero ella no quiere hacerlo.
¿Tiene ella derecho a decirle "no" al
detective? ¿O tiene éste el derecho a exigirle
entregar el diario?
A fin de abogar
en forma efectiva por tus clientas, tendrás que ser
capaz de obtener respuestas a literalmente cientos de preguntas
como éstas. Y por lo general vas a necesitar encontrar
las respuestas rápidamente. Por fortuna, existen
muchas fuentes de información sobre la justicia criminal.
Te tomará algún tiempo y experiencia consultar
o desarrollar algunas de estas fuentes, pero otras están
disponibles para ti ahora mismo.
He aquí
una lista de fuentes de información sobre el sistema
de justicia criminal:
Tu activa curiosidad: No
esperes llegar al punto en que la vida de tus clientas dependa
de preguntas sin respuesta. Edúcate cada día
formulando preguntas constantemente conforme trabajas en
sus casos. Mantén a tu lado una lista de las preguntas
y luego busca las respuestas en cada oportunidad que se
te presente. Verás cómo aumentarán
tus conocimientos y, a la vez, el poder de tu defensa para
liberar las vidas de las mujeres.
Adquiere
y lee el Código Penal: El Código Penal
de tu estado es la biblia del sistema de justicia criminal.
Si eres una defensora o defensor de víctimas, es
indispensable que tengas una propia copia actualizada del
Código Penal de tu estado. Y deberías leerlo
y consultarlo con frecuencia. (Las compañías
que publican los códigos estatales a menudo están
dispuestas a donar copias gratuitas a organizaciones no
lucrativas. Pide, y probablemente recibirás.)
Cuando empieces
a leer el Código Penal, tal vez el lenguaje te resulte
difícil y desconocido. Pero no pasará mucho
tiempo antes de que te vayas familiarizando con el lenguaje
jurídico. El Código Penal se convertirá
rápidamente en una herramienta beneficiosa para ti
y tus clientas. Una buena manera de que el Código
sea tu mejor amigo es buscar en el índice los temas
que te interesan y comenzar a leer.
Además
del Código Penal, existen varios códigos estatales
más que contienen secciones relevantes para tu trabajo
con víctimas de violación, violencia doméstica
y abuso infantil, tales como el Código de Evidencias,
el Código de Familia, el Código de Gobierno
y otros. Cuando los necesites, puedes encontrarlos en la
biblioteca legal de la localidad y, ahora, casi cada estado
tiene una serie completa de códigos legales en Internet
en formato de búsqueda.
Políticas
escritas de las fuerzas seguridad locales sobre violencia
doméstica y sexual: La mayoría de los
estados requiere que las agencias de las fuerzas de seguridad
tengan políticas escritas sobre violencia doméstica.
De hecho, tales requerimientos no sólo están
claramente enunciados en muchos códigos penales estatales,
sino que los códigos por lo general especifican en
detalle lo que debe incluirse en las políticas escritas.
Resulta muy valioso
tener a mano copias de las políticas de las fuerzas
de seguridad de tu localidad sobre violencia doméstica.
Estas políticas suelen estar escritas muy claramente
y son comprensibles. Ahí están estipuladas
las normas de los procedimientos de las fuerzas de seguridad
locales, enumerados paso a paso, que la agencia espera que
sus oficiales sigan al responder a los llamados por violencia
doméstica. Estas políticas no sólo
son una buena educación sobre prácticas policiales
modernas. Para ti, como defensora o defensor, resultan invaluables
a fin de poder invocarlas cuando los agentes se queden cortos
en sus respuestas a tus clientas.
Algunas jurisdicciones
también tienen similares políticas de las
fuerzas de seguridad que cubren los crímenes sexuales.
Y algunas tienen, además, políticas que abarcan
la respuesta del fiscal de distrito a la violencia doméstica
y la violación.
Todas y cualquiera
de estas políticas son documentos públicos
y, como tales, la agencia de policía o el fiscal
de distrito de tu localidad debe brindarte una copia de
ellas cuando la solicites. Así lo manda la ley. ¿Quién
lo dice? Busca en el Código de Gobierno de tu estado
la ley estatal sobre información pública o
la ley estatal sobre libertad de información.
Además
de las políticas de las fuerzas de seguridad de tu
propia localidad, vale la pena consultar las políticas
de algunas de las jurisdicciones más progresistas
de las fuerzas de seguridad que han escrito políticas
modelo, las cuales están disponibles en Internet.
Unas de éstas son las políticas sobre violencia
doméstica de las fuerzas de seguridad de San Diego,
las cuales se encuentran en www.sandiegodvcouncil.org/sddvc.html
(click on library.)
Otra política
modelo pertinente es la de la Asociación Internacional
de Jefes de Policía para responder a agentes de las
fuerzas de seguridad acusados de violencia doméstica.
Puedes consultarla (en inglés) en www.theiacp.org/documents/pdfs/Publications/
domviolmodelpolicy.pdf
Jurisprudencia:
Aunque los códigos estatales contienen las leyes
tal como han sido escritas en tu estado, éstos no
podrán responder cada una de tus preguntas. Sin importar
lo bien que una ley esté redactada, siempre habrá
áreas grises que requieren interpretación
adicional. Estas interpretaciones adicionales son emitidas
por la corte de apelaciones de tu estado en lo que se conoce
como 'jurisprudencia'.
Por ejemplo,
volvamos a la pregunta con la que iniciamos, en el caso
de un agente de policía que te ha dicho que no puede
llevar a cabo un arresto por violencia doméstica
porque el hombre que vive en el apartamento con tu clienta
no es un cohabitante según el significado de la legislación
sobre violencia doméstica. Claramente, el Código
Penal no te ayudará con esto, ya que no define todas
las posibilidades acerca de quién es un cohabitante
y quién no. La respuesta a la pregunta de quién
está incluido y quién no lo está en
el significado de "cohabitante" puede encontrarse
en la jurisprudencia.
En algún
punto, un individuo (un compañero de vivienda, no
una pareja íntima) es sentenciado por violencia doméstica.
El hombre dice: "¿Cómo puedo ser sentenciado
por violencia doméstica? No tengo ninguna relación
con esta mujer; sólo compartimos la misma casa".
De modo que apela el caso ante una corte de apelaciones.
Esta corte concuerda con el acusado y su dictamen pasa ahora
a formar parte de una definición mucho más
fina acerca de quién está y quién no
está incluido en el significado de "cohabitante"
en la legislación criminal sobre violencia doméstica.
Como puedes imaginar,
buscar la jurisprudencia es una ardua tarea, especialmente
si no tienes una educación jurídica. Pero
no te desesperes. A continuación te ofrecemos unos
buenos atajos, no sólo para obtener jurisprudencia
sino para las muchas otras preguntas que podrías
tener.
800
- VICTIMS: California y muchos otros estados han establecido
bancos telefónicos públicos para responder
las preguntas legales de las víctimas y sus defensoras(es).
En California, el personal de este servicio está
conformado por estudiantes de Derecho cuyo trabajo consiste
en hacer la investigación legal para ti. Tus impuestos
pagan este excelente servicio. Utilízalo. Utilízalo
una y otra vez. En California, el número al que se
debe llamar es 800-VICTIMS.
Simplemente toma
el teléfono y pregunta: "¿La palabra
'cohabitante' en la legislación sobre violencia doméstica
en el Código Penal incluye a dos personas que viven
bajo el mismo techo pero no tienen una relación íntima?"
Plantéales cualquiera de los millones de preguntas
que puedan surgir en el caso de tu clienta.
Si no supieras
si tu estado cuenta con un servicio similar, llama a la
oficina de la legislatura y pídele a un(a) asistente
que averigüe si tu estado ha establecido o no una línea
para respuestas sobre los derechos de las víctimas.
Especialistas
individuales en tu comunidad: (personas que valen su
peso en oro) Lo creas o no, está prácticamente
garantizado que en tu comunidad hay muchas personas que
conocen la respuesta a cada una de tus preguntas. Todo lo
que tienes que saber es a quién llamar y en qué
momento. Siempre y cuando esa persona no esté involucrada
en el caso por el cual estás llamando, la mayoría
de la gente se sentirá honrada por tu solicitud de
información legal.
He aquí
una breve lista de personas que, según nuestra experiencia,
son las más colaboradoras: reporteros(as) veteranos(as)
de crímenes en el diario local, bibliotecaria(o)
legal del condado, asistentes legislativas(os), abogadas(os)
municipales, agentes de la policía local, fiscales,
oficiales de libertad bajo palabra, además de jueces
no asociados al caso.
Y hay otra serie
de personas a quienes probablemente nunca has pensado preguntarles,
pero que conocen a fondo la legislación criminal:
abogadas(os) defensoras(es) criminales, especialmente de
la defensa pública, quienes cotidianamente manejan
los finos puntos legales de la violencia doméstica
y sexual. Es su pan de cada día. Así que entabla
una amistad profesional con algunas(os) de ellas(os) en
tu ciudad. Por lo general tienen una buena disposición
a proporcionar información. Y a diferencia de la
policía y los fiscales, usualmente no sospechan que
estés tratando de fortalecer tu postura contra la
acción de otro oficial.
Otro recurso,
si tu pregunta tuviera el potencial de traerle problemas
a un oficial local, es llamar a oficiales en otro condado.
De hecho, es una buena idea contactar a oficiales que sean
líderes nacionales en este campo, tales como fiscales
o sargentos de policía que dirijan unidades progresistas
de violencia doméstica o crímenes sexuales
en grandes áreas metropolitanas. Cuando optes por
este recurso, cerciórate de buscar personas en tu
propio estado a fin de asegurar que estén trabajando
con el mismo cuerpo legal que tú.
Foros
electrónicos y sitios en Internet: Existe en
Internet una serie de recursos excelentes para defensoras(es)
de víctimas. Dos sobresalientes bancos de documentos
en formato de búsqueda sobre violencia contra las
mujeres son CAVNET en www.cavnet2.org
y MINCAVA en www.mincava.umn.edu.
Además hay un valioso sitio diseñado para
responder tus preguntas específicas de casos a través
de comunicación por correo electrónico con
su propio banco de especialistas. Este sitio se encuentra
en www.vaonline.org.
También
hay varios foros electrónicos dedicados a la violencia
contra las mujeres. En este momento, FIVERS y el foro en
español Mujeres en Red son dos de los mejores. Seguramente
obtendrás una amplia gama de múltiples respuestas
si planteas tu pregunta en uno de estos foros.
Guías
de campo para las fuerzas de seguridad: La mayoría
de Oficinas del Fiscal General estatales produce y anualmente
actualiza una guía de campo para oficiales de las
fuerzas de seguridad - "todo lo que un oficial de policía
necesita saber para aplicar la ley". Estas guías
están bien organizadas, son de bajo precio y muy
fáciles de utilizar. Pregúntale a tu oficial
favorito(a) dónde puedes obtener una copia.
Sistema
de registro de la justicia criminal local: Aunque es
probable que los departamentos de registro del sistema de
justicia criminal de tu localidad no puedan responder tus
preguntas legales, sí son una rica fuente de información
valiosa sobre casos individuales. A través de esos
sistemas de registro puedes obtener antecedentes de perpetradores,
estadísticas, rastreo de dinero, registros de arrestos,
archivos de la corte, órdenes de captura, registros
de formulación de cargos, demandas judiciales, registros
de despachos y mucho más. Es esencial que aprendas
a manejar esos registros y cómo obtenerlos, especialmente
cuando no te los quieran proporcionar.
Afortunadamente,
esto no es muy difícil. La mayoría de estos
registros son documentos públicos. Si un(a) asistente
no quiere ayudarte a encontrarlos, alguien más lo
hará. Si por cualquier razón se te negara
el acceso a un documento, la persona en tu comunidad a quien
casi siempre puedes acudir para recibir ayuda experta es
el reportero o la reportera de crímenes en el diario
de tu localidad. Recuerda que estas personas cada día
están haciendo búsquedas en esos documentos
a fin de tener antecedentes sobre sus historias. Llámales
cuando encuentres obstáculos.
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