Volver
al índice del manual
Regrese al
indice ayuda
Monitorear,
descubrir e introducir las pruebas en el caso tú
misma
|
|
Introducción
El
presente texto está diseñado para ayudar a víctimas
y defensoras/es a mejor rastrear y evaluar las pruebas en
casos de violencia contra las mujeres, saber cómo y
dónde buscar más pruebas si las necesitaras
y familiarizarte con las opciones para aportar esas nuevas
evidencias a un caso criminal. En particular, esta sección
tiene el propósito de darte la confianza de que, con
algunas sugerencias, tú y tus clientas podrán
hacerse más avezadas en lo relativo a las pruebas y
empezar a fortificar rutinariamente los casos de violencia
contra las mujeres al agregar evidencias nuevas, desapercibidas
o que en forma deliberada han sido ignoradas. Estas habilidades
son cruciales porque una de las principales formas en que
las fuerzas de seguridad les niegan justicia a las mujeres
es no recabando ni desarrollando las pruebas de los crímenes
violentos contra ellas.
Si requieres
ayuda inmediata para aportar en un caso alguna prueba o
la declaración de un/a testigo/a, ve directamente
a la Parte 3 y regresa más tarde a las Partes 1 y
2. Estas primeras dos secciones tienen el fin de ofrecerte
una base que te haga posible trabajar con las pruebas de
manera más regular.
Las pruebas son
la moneda de oro del sistema de justicia. Son ellas, más
que cualquier otra cosa, las que van a determinar si el
sistema será capaz o no de implementar sus poderes
en nombre de la víctima y hasta cuál grado
lo hará. Es más, cuando un caso criminal se
sustenta en una abundancia de pruebas, éste usualmente
logra superar otros problemas que pudieran presentarse,
ya sea los relacionados con un mal manejo del caso por parte
de los/as funcionarios/as o con renuencia y temores de la
víctima.
En suma, un caso
sustentado en pruebas sólidas apunta de manera tan
inequívoca a la verdad que casi puede caminar por
sí solo. Los casos basados en pruebas sólidas
salvarán las vidas de las mujeres.
Entonces, cuando
el caso está siendo mal manejado, cuando los/as funcionarios/as
se apartan de un caso por cualquier razón, y como
un potente medio sobre todo para prevenir que esto ocurra,
el fortalecimiento del caso con pruebas adicionales constituye
una de las mejores estrategias que las víctimas y
sus defensoras/es pueden utilizar para mantenerlo bien encauzado.
Es una estrategia con la que toda la gente gana. Y, afortunadamente,
fortificar con más pruebas un caso de violencia contra
las mujeres por lo general no es en absoluto difícil.
Evaluar, descubrir
y manejar evidencias es más que nada una cuestión
de sentido común. Tanto así que, una vez que
empiezas a involucrar a las víctimas en el proceso,
la mayoría de ellas puede comprender rápidamente
y convertirse en su mejor fuente para generar pistas hacia
nuevas pruebas. Más aún, y contrario al mito
generalizado de que los casos de violencia contra las mujeres
están plagados de falta de pruebas y condenados al
dilema de 'él dijo - ella dijo', lo cierto es que
este tipo de caso suele tener una mayor riqueza de pruebas
que otros casos criminales, por muchas de las razones que
discutiremos más adelante.
Así que
no te dejes intimidar. Tampoco sientas que debes conocer
todos los puntos más finos de la ley de pruebas antes
de empezar a trabajar tú misma con las evidencias.
Simplemente centrando tu pensamiento en las pruebas conforme
procesas casos de violencia contra las mujeres empezarás
de inmediato a potenciar tus habilidades para reconocer
las evidencias. Y aunque los sistemas legales varían
de un país a otro, la lógica de las pruebas
es universal. Indiferentemente del lugar donde vivas, esperamos
que lo siguiente te ayude a fortalecer las pruebas necesarias
para detener la violencia en las vidas de las mujeres."
|
Parte
1 ~ Rastrea y evalúa
las pruebas
|
Monitorea
y evalúa rutinariamente las pruebas del caso.
|
|
Ya sea que un
caso esté caminando bien o no, las/os defensoras/es
deberían, como tarea de rutina, mantenerse vigilantes
de las pruebas que están disponibles en el caso e,
igualmente importante, cerciorarse en forma regular de cuántas
de esas pruebas han sido introducidas con seguridad en el
caso criminal. Dos preguntas abarcadoras a tener en mente
son: en primer lugar, ¿han sido introducidas adecuadamente
en el caso todas las pruebas disponibles? Y luego: ¿existen
suficientes pruebas en el caso a fin de que el sistema emita
apropiados cargos y acciones contra el perpetrador y apoye
protecciones adecuadas para la víctima?
Al hacer esto,
asegúrate de mantener a las víctimas informadas
e involucradas en el proceso de monitorear las pruebas.
Si una víctima es consciente del cúmulo de
pruebas que apoyan su verdad, ello hace aumentar su confianza
en el caso justamente en el momento en que más teme
que no tendrá éxito. Comprender la fuerza
de las evidencias puede a menudo ser el factor decisivo
para lograr que las víctimas renuentes se dispongan
a seguir adelante con el procesamiento. Pero más
concretamente aquí, la atención de la víctima
a las pruebas suele ser la fuente más fértil
de nuevas pistas a evidencias en los casos de violencia
contra las mujeres. Esto se debe a que las víctimas
en estos casos suelen tener una apreciación íntima
y detallada no sólo del crimen en sí, sino
también del contexto en que éste ocurrió
y del perpetrador.
Cuanto más
tú y tu clienta empiecen a monitorear y evaluar las
pruebas de manera rutinaria, más adeptas serán
para notar automáticamente evidencias nuevas o inexploradas
y también evaluar otros puntos más finos,
como son la relevancia, el valor probatorio y la admisibilidad
de diversos tipos de pruebas.
La mejor manera
de empezar es habituarte a mantener una lista de pruebas
del caso como parte de tus notas sobre éste, dejando
un amplio espacio para actualizarla con el tiempo. A lo
largo de tu trabajo en un caso - ya sea en conversaciones
con funcionarios/as o con la víctima, al revisar
documentos o durante las audiencias en la corte - mantente
siempre alerta a las pruebas. Si surgen indicaciones de
evidencias potenciales, anótalas. Luego haz preguntas,
en ese momento o después, para sondear más.
Si te mantienes
alerta a las evidencias y una víctima dice "...
y luego él pateó la pared", naturalmente
querrás saber: "¿Dejó una marca
en la pared?" "¿Le mostraste la marca a
la policía cuando reportaste el hecho?" "¿La
policía tomó nota de esto?" "¿Tomaron
fotografías?" "¿Alguien más
vio al agresor patear la pared?" "¿Hay
alguien en los apartamentos cercanos que podría haberlo
escuchado cuando lo hizo?", etc. O si la víctima
aún no ha hecho una denuncia a la policía
y planea hacerlo, querrás hacerle ver a ella la importancia
de que les muestre a los/as agentes la huella del pie y
la marca en la pared.
Esto no necesariamente
significa que cada vez que la víctima (o alguna otra
persona) mencione algo que sea relevante para las pruebas
tú detengas la conversación en ese mismo momento
y empieces a hacer preguntas relacionadas con dichas evidencias,
pues es de imaginar que tal aproximación en un momento
inoportuno podría perturbar la cadena de pensamiento
de esa persona. Pero al menos debes anotar en tu lista de
pruebas la declaración de que "él pateó
la pared", para que recuerdes volver más tarde
a las preguntas relevantes.
Pronto descubrirás
que, con sólo empezar a monitorear y rastrear consistentemente
las pruebas de esta manera, una y otra vez estarás
evitando que evidencias valiosas caigan por las numerosas
grietas del proceso judicial. Este paso, por sí mismo,
salvará las vidas de las mujeres.
He aquí
dos guías, en forma de series de preguntas, que también
pueden ayudar a que tú y tu clienta evalúen
las pruebas y otros aspectos del caso criminal:·
Formulario para evaluar la respuesta de la policía
a la violencia doméstica
http://www.justicewomen.com/help_police_evaluation_sp.html;
Formulario para evaluar la respuesta de la policía
a la violación y la violencia sexual;
http://www.justicewomen.com/help_rape_evaluation_sp.html
Como parte del
rastreo de evidencias, también es importante que
empieces a educarte acerca de las reglas de pruebas haciendo
preguntas a funcionarios/as en quienes confíes y
consultando los códigos de tu estado. La mayoría
de jurisdicciones del mundo tiene ahora en Internet sus
códigos penales y códigos de pruebas. ¡Úsalos!
Pero, de nuevo, no sientas que necesitas saberlo todo antes
de empezar a poner a trabajar tu intuición sobre
las evidencias.
|
No
aceptes a ciegas el pretexto oficial de que 'no hay
suficientes pruebas'.
|
|
Además
de detectar pruebas desapercibidas o pasadas por alto y
promover la confianza en el caso, el monitoreo rutinario
de las evidencias es otra de las mejores protecciones contra
una de las tácticas más comunes utilizadas
por funcionarios/as en todo el mundo para negarles la justicia
a las mujeres. A menudo los/as funcionarios/as les dicen
a las víctimas y sus defensoras/es (como también
a sus propios/as supervisores/as) que 'no hay suficientes
pruebas' para perseguir el caso cuando, de hecho, existen
muchas.
O, lo que es
igual de aberrante, deliberadamente introducen esta excusa
en el caso al no recabar ni desarrollar las pruebas que
están frente a sus narices.
Sea cual fuere
el caso, el truco de que 'no hay suficientes pruebas', utilizado
para desechar casos perfectamente viables de violencia contra
las mujeres, es muy generalizado entre agentes de policía
y fiscales en todo el mundo. Es obvio que este rampante
y falso alegato por parte de las fuerzas de seguridad resulta
sumamente peligroso y opresivo para las mujeres. Estos pretextos
son, de hecho, complicidad gubernamental con la opresión
violenta contra las mujeres y deben ser confrontados a fin
de que ellas puedan vivir libres de violencia.
Es cierto que
existen algunos casos de violencia contra las mujeres en
los cuales es legítimo el pretexto de que 'no hay
suficientes pruebas'. Y por ello, con más razón
aún deben las víctimas y sus defensoras/es
educarse acerca de las pruebas, a fin de poder discernir
rápidamente entre los alegatos legítimos y
los falsos. Así, cuando un/a funcionario/o salga
con la falsa afirmación de que 'no hay suficientes
pruebas', estarás preparada para refutarla y reportar
esto ante su superior. O bien, como esperamos que esta sección
te muestre, si todo lo demás falla, tú misma
podrás salir a recabar más pruebas y así
llenar los vacíos que haya en el caso. Pero lo más
útil de todo, y concretamente aquí, será
que una vez que los/as funcionarios/as se den cuenta de
que estás prestando atención a las evidencias,
esto hará mucho menos probable que, para empezar,
recurran al embuste de que 'no hay suficientes pruebas.
NOTA:
Desafortunadamente, muchas/os defensoras/es y consejeras/os
de víctimas creen que monitorear las pruebas no
es parte de su trabajo y, más aún, que no
les compete cuestionar las afirmaciones de las fuerzas
de seguridad en cuanto a la suficiencia de las pruebas.
Cuando los/as agentes de policía o los/as fiscales
dicen que no existen suficientes pruebas en un caso, demasiadas/os
defensoras/es simplemente trasladan esa información
a la víctima como si fuera un hecho. La práctica
de repetirles a las víctimas las aseveraciones
de las autoridades, sin siquiera aconsejarles que se cuiden
de las mismas, convierte a las/os defensoras/es en no
menos que agentes del sistema, lo cual constituye un conflicto
directo y ético con el rol de un/a defensor/a.
Si le dijiste a una víctima que vas a defenderla,
la has llevado a creer que estás velando por sus
intereses, actuando a favor de éstos, y no que
funges como vocera/o del sistema.
Otra forma de
ver esto es la siguiente. Mientras tantos/as funcionarios/as
continúen alegando falsamente que 'no hay suficientes
pruebas', tratar de abogar por las mujeres víctimas
de violencia sin rastrear las evidencias es como intentar
jugar póquer sin ver las cartas que tienes en la
mano.
|
Rastrea
cuáles pruebas han sido introducidas en el
caso y cuáles no.
|
|
Un aspecto del
monitoreo de pruebas al que a menudo no se le da la debida
importancia es mantener un registro específico de
cuáles evidencias han sido introducidas oficialmente
en el caso y cuáles no. El hecho de que tú
o la víctima sean conscientes de la existencia de
ciertas pruebas no debería llevarles a asumir que
éstas han sido incorporadas con seguridad en el expediente.
¿Ana de
hecho le dijo a la/el agente que su vecina la vio salir
gritando de la casa? ¿O sólo te lo dijo a
ti? ¿El/La agente le dio seguimiento a esto y obtuvo
una declaración de la vecina? ¿La vecina le
dijo a la policía lo que en realidad vio? ¿O
tal vez tenía demasiado miedo de hacerlo? ¿O
Ana ni siquiera sabía que la vecina estaba parada
en su terraza? Y cuando Ana le informó a la/el agente
que había salido gritando de su casa, ¿se
ganó el/la agente el sueldo yendo a hacer preguntas
entre la gente del vecindario para averiguar si alguien
había escuchado o visto lo suficiente y podía
corroborar la declaración de Ana?
Existe una serie
de razones por las cuales es tan fácil asumir, erróneamente,
que las pruebas cruciales han sido introducidas en el caso
cuando de hecho no lo fueron. Una de las razones más
comunes es que las víctimas suelen hablar de manera
mucho más directa y detallada con sus defensoras/es
que con agentes del sistema. Una víctima puede contarte
a ti con tal detalle e indignación sobre las amenazas
que su novio dejó en su máquina contestadora,
que ni siquiera te pasa por la mente que quizás ella
nunca mencionó esos mensajes cuando habló
con la policía.
A continuación,
cuatro advertencias que es importante tener en mente al
evaluar el estado de las pruebas:
1. No asumas
que el hecho de que la víctima te dio información
detallada implica que les haya brindado esa misma información
a las autoridades o aun a la autoridad apropiada.
Además
de que las víctimas por lo general son más
reservadas cuando hablan con funcionarios/as que al hacerlo
con defensoras/es, su falta de conocimientos acerca de quién
es quién en el sistema y de cómo éste
funciona a menudo conduce a grandes brechas en lo que se
les ha informado a agentes clave. Por ejemplo, una víctima
puede incluir información vital en su solicitud de
una orden de restricción, darle esa información
al despachador de la policía, a su defensor/a o un
patrullero policial, y luego olvidar por completo proporcionársela
al detective a cargo de investigar el caso. Una actual clienta
nuestra escribió, en su solicitud de una orden de
restricción, un recuento detallado de cómo
su esposo intentó estrangular a su hija de cuatro
años de edad. Se lo dijo además al patrullero
policial, pero él no lo anotó. Se lo contó
a testigos/as el día en que esto ocurrió,
como también a la defensora en la Oficina del Fiscal
de Distrito, y nos lo dijo a nosotras. Sin embargo, nunca
le contó al detective asignado al caso que el sospechoso
había intentado estrangular a su hija de cuatro años.
Cuando le preguntamos
por qué no se lo dijo al detective, ella respondió,
comprensiblemente, que ya se lo había contado a tantas
personas que asumió que él ya sabía
al respecto. Otra versión común de este contratiempo
ocurre debido a la confusión de la víctima
en cuanto a la diferencia entre un caso criminal y uno de
ley de familia. Las víctimas a menudo piensan que
por haber incluido ciertas pruebas en su solicitud de una
orden de restricción, éstas automáticamente
serán introducidas en el caso criminal. De modo que,
además de asegurar que una víctima sí
informó a las autoridades sobre pruebas o incidentes
específicos, también se debe verificar que
se lo haya informado a un/a agente apropiado/a. Pregúntales
concretamente a las víctimas: "¿Le dijiste
a X agente que el sospechoso estaba tratando de estrangular
a tu hija?"
2. No asumas
que el hecho de que la víctima proporcionó
información a un/a agente significa que éste/a
la anotó o que la introdujo al caso.
A menudo los/as
agentes no documentan información vital por la razón
tan simple y común que ya discutimos: es decir, porque
ésta es la manera más fácil de sabotear
y desechar un caso que no quieren procesar. Sin embargo,
las fallas de los/as agentes en documentar dicha información
también pueden ser una omisión comprensible.
En el ejemplo
que dimos antes, sobre el agente que no incorporó
en su reporte el intento de estrangulación contra
la niña de cuatro años aunque la víctima
asegura haberle informado de ello, es probable que el agente
sencillamente olvidó hacerlo. El día en que
él respondió a la llamada de la víctima,
el perpetrador había llevado a cabo un ataque violento
contra ella y secuestrado a esa niña. Todo el día
del agente se centró en iniciar una búsqueda
y garantizar la seguridad de la niña, lo cual hizo
con éxito. Es fácil comprender que, cuando
esa noche se sentó a escribir el reporte, simplemente
haya olvidado incluir lo que la madre le habría dicho
sobre el intento de estrangulación contra su hija,
ocurrido algunos días antes.
3. No asumas
que el hecho de que un/a agente parezca haber hecho notas
minuciosas de ciertas pruebas implica que éstas hayan
sido introducidas con seguridad en el caso.
He aquí
dos ejemplos de pruebas cruciales que parecían haber
sido introducidas seguramente en el caso pero en realidad
no lo fueron.
Ejemplo 1:
Un agente le tomó declaración a un hijo adolescente
que fue testigo de la violencia doméstica contra
su madre y el único que podía corroborarlo.
En su reporte policial, el agente escribió que el
joven había dado una declaración - pero el
agente no escribió esa declaración, ni siquiera
un resumen de ésta. Al revisar el reporte, el fiscal
de distrito, en vez de simplemente enviar el reporte de
vuelta al agente con instrucciones de que fuera a tomarle
la declaración al joven, optó por utilizar
el error del agente como una excusa para rechazar el caso
por falta de pruebas. Ninguno de estos crasos descuidos
salió a luz sino hasta tres semanas después,
cuando la mujer fue encontrada, por ese mismo hijo adolescente,
asesinada sobre el piso del dormitorio de ella, con nueve
balas en el cuerpo.
Es muy probable
que la vida de ella habría podido ser salvada si
un/a defensor/a diligente hubiera confrontado el alegato
del fiscal de distrito acerca de que no había suficientes
pruebas y luego lo hubiera presionado para que incorporara
la declaración del adolescente en el registro y procesara
el caso en forma apropiada.
Ejemplo 2:
En un caso de múltiples delitos por violencia doméstica,
nos pareció que el agente había hecho prácticamente
todo bien - desde una actitud amable hasta su laboriosa
recolección de pruebas. El hecho de haber arrestado
al sospechoso, tomarle huellas y fotografías y acusarlo
formalmente de múltiples delitos, cubriendo todos
los aspectos de los crímenes, también indicaba
que el agente se sentía confiado de poder respaldarlo
todo con las pruebas que había recabado. Lo único
que nos preocupaba era que él había utilizado
a un empresario disponible para que tradujera la declaración
de la víctima. Sin embargo, por impropio que esto
hubiera podido ser, sabíamos que ese empresario hablaba
fluidamente ambos idiomas y que la Oficina del Fiscal de
Distrito aceptaba de rutina declaraciones de víctimas
con traducciones mucho menos adecuadas que ésta.
Lo que no sabíamos,
sino hasta que repentina e inesperadamente el perpetrador
estaba de vuelta en las calles persiguiendo a todas las
personas involucradas, fue que el asistente del fiscal de
distrito había rechazado todos los cargos formulados
en el caso. ¿Por qué fue rechazado el caso?
Porque, sin que la víctima o nosotras lo supiéramos,
el empresario sentía tanto temor del perpetrador
que, si bien había estado dispuesto a traducir, se
negó a darle su nombre a la policía - un hecho
que cortó completamente el puente legal hacia la
prueba más esencial del caso; es decir, la declaración
de la víctima. Una brecha crucial en el manejo de
las pruebas por parte del agente condujo al colapso de todo
el caso, hasta el momento en que la víctima pudiera
volver a ser entrevistada en forma apropiada. Afortunadamente,
y en realidad sólo fue cuestión de suerte,
ella estaba viva y sana para poder hacerlo.
4. No asumas
que un/a agente ha seguido todas las pistas obvias de las
pruebas para ver si encuentra más evidencias.
Éste es
el punto en que queda tan clara la indiferencia de los/as
agentes a la violencia contra las mujeres. Si Ana dice que
salió gritando de su casa pero aún no sabe
que una vecina la vio, pocos/as agentes harán el
obvio esfuerzo por hablar con personas del vecindario para
averiguar si alguien habría presenciado los hechos.
Si las pruebas no saltan a la vista de los/as agentes, ellos/as
no se esforzarán por buscar activamente los medios
para construir el caso. Ésta es una brecha significativa
en la mayoría de casos de violencia contra las mujeres,
una que las víctimas y sus defensoras/es casi siempre
pueden explorar y cerrar.
***
Prejuicios,
omisiones, descuidos, pereza de los/as agentes y sus limitaciones
de tiempo; renuencia y temores de las víctimas, comunicación
fragmentada, su falta de conocimiento del sistema, olvidos;
renuencia y temores de los/as testigos/as, falta de disponibilidad,
desconocimiento del sistema; errores, descuidos, prejuicios,
etc. del personal, del despachador y las personas de apoyo...
Hay tantas maneras en que las pruebas vitales disponibles
pueden caer por las grietas, y de hecho lo hacen, que un
aspecto esencial del monitoreo de las pruebas consiste en
hacerte siempre esta pregunta: "¿Han sido apropiadamente
introducidas en el caso las pruebas existentes, o no?"
|
Métodos
para determinar cuáles evidencias han sido
oficialmente introducidas en el caso y cuáles
no.
|
|
A menos que tengas
en tus manos una copia completa del reporte policial, nunca
puedes estar 100 por ciento segura de cuáles pruebas
han sido introducidas de manera oficial y apropiada en el
caso y cuáles no. Sin embargo, aun sin tener el reporte
policial, hay una variedad de formas, combinadas, en que
por lo general puedes llegar a evaluar casi acertadamente
el estado de las pruebas. He aquí algunas de ellas:
Pregúntale
a la víctima. Como en la mayoría de aspectos
de los casos de violencia contra las mujeres, la víctima
es una de las mejores fuentes para obtener información
sobre el estado de las pruebas. Una buena pregunta general
que inicialmente se le puede hacer a la víctima es
si ella sintió, o no, que la/el agente estaba haciendo
un genuino esfuerzo por tratar el caso con seriedad y recabar
todas las pruebas disponibles. Luego, conforme surjan puntos
probatorios específicos en la historia de la víctima,
hazle siempre preguntas más concretas: ¿Dio
ella esa misma información a la/el principal investigador/a?
¿Le pareció que la/el agente estaba anotando
la información? ¿Recabó el/la agente
una verificación relevante de las pruebas, tales
como tomar fotografías, obtener declaraciones de
testigos/as, grabaciones de mensajes, etc.? ¿Entrevistó
el/la agente a testigos/as específicos/as? ¿Sabe
la víctima si las/os testigos/as hablaron con libertad,
etc.?
Adicionalmente,
es importante preguntarle a la víctima cuál
información dio a la operadora de la línea
911. Recuerda que las llamadas a la línea 911 son
grabadas y almacenadas por los departamentos de policía
durante mucho tiempo. Las pruebas contenidas en esas grabaciones
pueden ser cruciales en los casos de violencia contra las
mujeres. (También es importante asegurar que esas
grabaciones sean descargadas e introducidas al caso, algo
que la policía a menudo no hace. Pero, naturalmente,
la víctima no sabrá la respuesta a esa parte
de la pregunta.)
Recuerda que
aun cuando tengas una impresión positiva del estado
de las pruebas por haber repasado estas evaluaciones con
la víctima, todavía puede haber, en el informe
final de la/el agente investigador/a, muchas y desagradables
sorpresas de evidencias faltantes, como los ejemplos mencionados
en la sección previa.
Averigua los
cargos de arresto. Averiguar cuáles son los cargos
de arresto tras la captura del sospechoso es una primera
manera rápida, fácil y excelente de saber
qué tipo de pruebas el/la agente introdujo oficialmente
en el caso - o no. Al realizar una captura y conducir al
sospechoso a la cárcel, un/a agente de policía
escribe una nota oficial de los 'cargos de arresto'. Éstos
no son necesariamente los que serán formulados contra
el sospechoso, ya que es el/la fiscal de distrito quien
toma la decisión final acerca de cuáles cargos
(si es que alguno) serán presentados formalmente.
Los cargos de arresto son los que el/la agente recomienda
formular con base en las pruebas que haya documentado en
su reporte. Siendo así, estos cargos te dan una primera
buena idea de la gama de pruebas asentadas en el reporte.
Por ejemplo,
si el sospechoso fue conducido a la cárcel bajo un
solo cargo de violencia doméstica pero no por uno
de amenazas, es muy probable que, aunque la víctima
le haya informado al agente sobre las amenazas de muerte
proferidas por el sospechoso, éstas no fueron incluidas
en el reporte policial. Si el/la agente las hubiera anotado
en el reporte, es casi seguro que habría asentado
cargos contra el sospechoso tanto de violencia doméstica
como de amenazas.
Averiguar de
manera rutinaria los cargos de arresto te dará, una
y otra vez, una alerta temprana sobre los grandes vacíos
en los reportes policiales. Un solo ejemplo: fueron los
cargos de arresto los que nos alertaron sobre el hecho de
que el intento de estrangulación contra la niña
de cuatro años de edad probablemente no figuraba
en el reporte de la policía. A pesar de que había
cargos de arresto por múltiples delitos, entre éstos
no figuraba uno por violencia contra una niña.
Lo que hace de
la obtención de los cargos de arresto algo muy valioso
para las víctimas y sus defensoras/es es que puedes
adquirirlos tan rápida y fácilmente. Si un
sospechoso fue arrestado y aún está bajo custodia,
todo lo que necesitas hacer es llamar por teléfono
a la cárcel. Los cargos de arresto son de dominio
público. El personal penitenciario en los Estados
Unidos debe darle a cualquier persona que llame a la cárcel
la lista de los cargos de arresto por los cuales el sospechoso
está detenido. Es tan simple que, cuando el sospechoso
ya ha sido capturado, llamar a la cárcel y solicitar
los cargos de arresto debería ser algo rutinario
y una de las primeras cosas que hagas. Y, por supuesto,
en la misma llamada puedes obtener información sobre
la fianza, así como la fecha y hora de la primera
o siguiente comparecencia del sospechoso ante la corte.
Además, no olvides darle a la víctima el número
telefónico de la cárcel para que ella pueda
llamar ahí en cualquier momento del día o
la noche y obtener la misma información vital, e
inclusive una respuesta a la pregunta que suele pesar más
en su mente; es decir: ¿está el sospechoso
aún bajo custodia?
Siempre que
sea posible, obtén el reporte policial y/o demás
documentos oficiales, tales como CAD (registros del despachador),
grabaciones de la línea 911, órdenes de cateo
y allanamiento y órdenes de captura. La única
manera de tener total certeza de que una prueba particular
fue introducida en el caso es ver que de hecho sea anotada
en los reportes oficiales. Entonces, toda vez que sea posible,
obtén una copia del reporte de la policía
y otros documentos oficiales del caso. En la mayoría
de estados, como ocurre en California, las fuerzas de seguridad
tienen la obligación legal de proporcionar a las
víctimas una copia del reporte policial de violencia
doméstica si ellas la solicitan. Sin embargo, hasta
donde sabemos, las víctimas de violencia sexual no
gozan de ese mismo derecho legal en ningún estado.
Y aun con los reportes de violencia doméstica, no
siempre puedes obtener una copia a la brevedad deseada.
De modo que, aunque obtener una copia del reporte policial
es obviamente la mejor manera de saber qué hay en
éste, por lo general tendrás que apoyarte
en otras fuentes, a mayor o menor grado, para poder saberlo.
¡No
olvides las órdenes de cateo y allanamiento ni las
órdenes de captura! Estas órdenes suelen
ser una mina de oro porque te brindan exactamente la información
sobre pruebas que estás buscando, y aún más
valiosas pues son de dominio público. Es así
porque son escritas inclusive antes de que el/la fiscal
de distrito haya visto el caso. A fin de obtener la aprobación
de un/a juez/a ya sea para una orden de cateo y allanamiento
o una de captura, la policía tiene que argumentar
su caso por escrito ante ese/a juez/a. Estas solicitudes,
que usualmente contienen una lista de las pruebas que el/la
agente ya recabó en el caso, pasan a formar parte
de la orden firmada. A veces, y esto es aún mejor
que esa lista de pruebas, los/as agentes adjuntan una copia
del reporte policial actualizado, lo cual hace que este
reporte pase a ser de dominio público incluso antes
de que el caso haya sido enviado a la Oficina del Fiscal
de Distrito. Obtener copias de las órdenes de cateo
y allanamiento y de captura es especialmente útil
en casos de crímenes sexuales en los que suele ser
imposible que las víctimas adquieran, a solicitud,
una copia del reporte policial. Si sabes que una orden ha
sido emitida en un caso, todo lo que tú o la víctima
tienen que hacer es ir a la corte y pedir una copia.
Pregúntales
directa e indirectamente a los/as agentes. Varía
mucho el grado de anuencia de los/as agentes para hablar
sobre los detalles de su investigación. Sin embargo,
la mayoría se involucrará en algún
nivel de conversación con las víctimas y sus
defensoras/es. Aprovecha esto y llámales. Al hacerlo,
recuerda que si bien los/as agentes investigadores/as tienen
una obligación razonable de brindar a las víctimas
y sus defensoras/es información sobre el progreso
del caso, no están obligados/as a compartir pruebas
específicas que hayan recabado. Por ello, con mayor
razón es necesario que agudices tus habilidades conversacionales
con las fuerzas de seguridad.
Un asunto de
comunicación particularmente crítico con el
que vas a toparte una y otra vez surge cuando que un/a agente
de policía, fiscal u oficial de libertad condicional
te dice a ti o le informa a tu clienta que no hay suficientes
pruebas para proceder en el caso. Es al discutir esto con
un/a agente que, aplicando la combinación justa de
preguntas creativas, conversación y confrontación,
deberías poder obtener la información necesaria
sobre el actual estado de las pruebas del caso, además
de lograr que ese/a agente mantenga una mente abierta para
continuar con el caso.
Una estrategia
confiable para maximizar la información que puedas
extraer de esas conversaciones es ésta: mientras
más información se aborde durante la charla,
más nuevos datos obtendrás de la conversación
y más soluciones podrás proveer. Entonces,
si tu clienta te dice que un/a agente ya le informó
que no existen suficientes pruebas para proseguir con el
caso, tómate tu tiempo para recopilar tanta información
como puedas acerca del estado de las pruebas antes de llamar
por teléfono a ese/a agente o concertar una reunión
con él/ella. Otra estrategia consiste en simplemente
seguir con la conversación. Mientras más puedas
hacer que el/la agente hable, más probable será
que obtengas información nueva y útil. Es
así de simple.
Pregúntales
a otros/as agentes asociados/as o no asociados/as al caso.
Cuando te topes con un muro al tratar de obtener de un/a
agente investigador/a información sobre las pruebas,
no olvides que cualquier caso pasa por las manos de una
gama de agentes. Y también que hay muchos/as más
agentes, aparte de quienes ya fueron directamente asignados/as
al caso, que se encuentran en posición de sacar del
archivo el expediente del caso y darle una mirada. No vaciles
en acercarte a esos/as agentes.
Supongamos, por
ejemplo, que al llamar a la cárcel te enteras de
que al sospechoso no se le formularon cargos de amenazas,
aunque la víctima asegura haberle informado a la/el
agente sobre las amenazas de muerte del sospechoso. O la
víctima dice que no se le tomó ninguna fotografía
de su lesión. O que no está segura de si la/el
agente tomó notas cuando su hijo le informó
que había presenciado el pleito. Y supongamos también
que, por cualquier razón, te es imposible extraerle
la información necesaria a la/el agente que respondió
a la llamada. Algo que siempre puedes hacer es llamar al
sargento de turno en el Departamento de Policía.
Dile que te preocupa que una particular pieza de evidencias
del caso podría no haber sido introducida en el expediente
y que quisieras saber si la víctima debe presentarse
para dar una declaración suplementaria, para que
le tomen fotografías o se haga lo que sea necesario
a fin de llenar los vacíos. Es muy probable que esto
motivará al sargento a sacar del archivo el expediente
del caso, darle una mirada y confirmarte las cosas de una
u otra forma, al menos sobre el asunto particular.
De la misma manera,
puedes acudir al jefe o jefa de las unidades de violencia
doméstica o crímenes sexuales, a asistentes
del fiscal de distrito que formulan cargos y a investigadores
de la Oficina del Fiscal de Distrito. Defensoras/es de víctimas
que trabajan dentro del sistema, oficiales de libertad condicional
y personal de asistencia a víctimas también
a menudo tienen acceso a los reportes policiales. Lo más
importante aquí es que hay muchos/as diferentes funcionarios/as
que no están directamente asignados/as al caso pero
sí tienen acceso al reporte policial y pueden darte
detalles específicos de lo que figura en éste
y lo que no aparece ahí. ¡Utiliza a esas personas!
La principal limitación de tal estrategia es que,
si bien muchas de estas personas estarán dispuestas
a extraer un reporte policial del archivo, verlo y responderte
una o dos preguntas, la mayoría no querrá
sentarse ahí y leerte todo el reporte. Pero hay quienes
también harán eso.
Pregúntales
a los/as testigos/as. Las víctimas a menudo te
hablarán de gente que ha presenciado aspectos del
crimen, testigos/as que cuentan con información para
corroborar los hechos o personas que fueron ellas mismas
víctimas del mismo perpetrador. Aunque la víctima
te diga que le informó a un/a agente sobre estas
personas, tú y ella podrían tener serias dudas
acerca de si ese/a gente de hecho hizo un seguimiento y
realizó las entrevistas. Si por otros medios no es
posible determinar si esa crucial tarea fue llevada a cabo,
no vaciles en contactar tú misma a los/as testigos/as
y preguntarles directamente si un/a agente les contactó
para tomarles su declaración.
Si la víctima
Ana dice que le informó a un/a agente que su vecina
la vio salir gritando de su casa, no hay nada inapropiado
en que tú o Ana le pregunten a la vecina si el/la
agente policial le habló - asumiendo que la víctima
te autorizó a que lo hagas.
Cuando estableces
este tipo de contacto con un/a testigo/a, usualmente lo
mejor es limitarte a hacer tú misma sólo esa
única pregunta: ¿el/la agente le tomó
su declaración? Por lo general no es una buena idea
pedirle a la persona que te cuente qué le dijo a
ese/a agente. Pedirle que revele el contenido de su declaración
puede con facilidad percibirse como un intento tuyo de influir
en el/la testigo/a o intimidarle. De hecho, una buena práctica
es que, antes de hacerle la pregunta, le expliques que no
tienes intención de conocer el contenido de su declaración,
sino sólo quieres verificar si un/a investigador/a
le contactó. Naturalmente, si la persona quiere brindar
más información, eso es diferente. Pero aun
si éste fuera el caso, asegúrate de que no
se sienta presionada. Puedes decirle algo como: "Usted
no tiene que decirme lo que le contó al agente a
menos que en realidad quiera hacerlo".
A pesar del cuidado
especial que se debe tener para asegurar que los/as testigos/as
no se sientan de ninguna manera influenciados/as o presionados/as,
determinar si la policía obtuvo o no sus declaraciones
es algo demasiado crucial como para no verificarlo. En nuestras
investigaciones de homicidios por violencia doméstica,
una de las cosas que surgió una y otra vez en reportes
policiales previos referidos a la misma víctima fue
que si bien los reportes podían mencionar a un/a
testigo/a, la policía no le había entrevistado.
El caso luego pasó al fiscal de distrito, quien,
en vez de adoptar medidas para obtener las declaraciones
de los/as testigos/as, tomó la salida más
fácil y simplemente rechazó el caso, dejando
al perpetrador libre para cometer asesinato. Fue así
en un homicidio tras otro. De modo que si no puedes verificar
esta información por ninguna otra vía, no
vaciles en llamar a la/el testiga/o y decirle: "Lamento
molestarle. Soy defensor/a de víctimas y me pregunto
si usted podría decirme si la policía le contactó
acerca de un incidente que ocurrió ayer. Sólo
queremos asegurarnos". Esto puede salvar la vida de
tu clienta.
|
Contrario
al mito, en los casos de violencia contra las mujeres
suele haber más abundancia de pruebas que en
otros tipos de casos. |
Tú
no necesitas trabajar por mucho tiempo en casos de
violencia contra las mujeres antes de empezar a oír
el común refrán de las fuerzas de seguridad:
que es casi imposible procesar estos casos pues se
trata de 'la palabra de ella contra la de él'.
Este mito debe ser echado por tierra debido a que
es tan incorrecto, está tan arraigado en la
mentalidad de la gente y es tan efectivo para encubrir
a agentes que simplemente no quieren procesar esos
casos. Comprender por qué este mito es falaz
hará que la gente sea mucho menos vulnerable
a los falsos alegatos de las fuerzas de seguridad
de que 'no hay suficientes pruebas'. También
ampliará tus propios pensamientos acerca de
cómo buscar evidencias adicionales cuando sean
necesarias.
Así
que vale la pena tomarnos aquí un momento para
mostrar no sólo que este mito es falso, sino
que exactamente lo contrario es cierto. Es mucho más
probable que en los casos de violencia contra las
mujeres haya una mayor abundancia de pruebas que en
cualquier otro tipo de caso.
1.
En los casos de violencia contra las mujeres, por
lo general la víctima conoce bien al perpetrador.
Por un lado, esto les ahorra a los/as investigadores/as
una prolongada pesquisa acerca de quién cometió
el crimen y, por el otro, la víctima suele
tener tanta información detallada e íntima
sobre el agresor que puede generar una riqueza de
pistas a pruebas y corroboración. Adicionalmente,
las víctimas a menudo pueden proveer deducciones
correctas a preguntas esenciales de la investigación,
tales como: "¿Dónde piensa usted
que él pudo haber escondido el cuchillo?",
"¿Adónde cree usted que él
llevará al bebé?", "¿Piensa
que él probablemente se jactará ante
sus amigos de haberla violado?", "¿Cuál(es)
amigo(s)?", "¿Cuál es el número
de teléfono de ellos y a qué hora regresan
del trabajo?" Frecuentemente, las víctimas
además saben de otras actividades criminales
del perpetrador y tienen conocimiento de otras personas
que también han sido víctimas de su
violencia, todo lo cual puede ser vinculado al caso
actual o agregado a éste.
2.
La violencia doméstica casi nunca es un incidente
aislado. Por el contrario, suele tratarse de incidentes
continuos que ocurren durante un periodo de tiempo
relativamente prolongado. Es casi imposible que un
perpetrador cometa estos crímenes una y otra
vez sin dejar un rastro plagado de evidencias. Los/as
investigadores/as - además de las víctimas
y sus defensoras/es - simplemente deben ir más
allá de lo que creen que es un incidente aislado.
Esto no sólo amplía el cúmulo
de pruebas, sino también es probable que destape
toda una gama de crímenes relacionados, cada
uno con sus propias evidencias y a menudo con una
serie de pruebas más sólidas que las
del más reciente incidente. Con tanta frecuencia
son pasados por alto los crímenes relacionados
que podrían haber ocurrido en el mismo periodo
de tiempo o en uno diferente, tales como privación
ilegítima de la libertad, vandalismo, amenazas,
abuso infantil, relaciones sexuales forzadas, abuso
contra mascotas y muchos otros. Lo mismo se aplica
a un gran porcentaje de casos de violencia sexual,
ya que el perpetrador en la mayoría de éstos
suele tener una relación presente, de una u
otra clase, con la víctima.
3.
Los casos de violencia contra las mujeres, dado que
en ellos la víctima conoce bien al perpetrador,
están listos para crear nuevas pruebas a través
de llamadas de pretexto, como también por medio
de grabaciones y diversos trucos. (Una llamada de
pretexto es una llamada telefónica hecha al
perpetrador por la víctima u otra persona involucrada.
Es grabada y guiada por la policía. En ella
la víctima utiliza un escenario arreglado [un
pretexto] para lograr que el sospechoso hable sobre
su crimen. Estas llamadas y otras técnicas
relacionadas son especialmente valiosas en los crímenes
sexuales, que a veces sí carecen de una abundancia
de pruebas materiales.)
4. Los
perpetradores de violencia contra las mujeres generalmente
no huyen de la escena del crimen y casi siempre están
dispuestos a contarle a la policía su propia
versión de los hechos. No importa que ello
ocurra porque estos agresores particulares creen que
sus actos son tan justificados o sienten confianza
de que se saldrán con la suya. La gran ventaja
para los/as investigadores/as es la misma. Un perpetrador
que esté anuente a hablar con ellos/as es un
pato sentado - un tonto pato sentado - y el sueño
de cualquier investigador/a. Esto es así porque
resulta casi imposible fabricar una historia ficticia
que concuerde perfectamente con las pruebas materiales.
Las inevitables grietas y contradicciones que adornan
las declaraciones del perpetrador son potentes evidencias
en su contra. Sin embargo, obtener estas fáciles
pruebas requiere que los/as investigadores/as estén
anuentes a invertir al menos un poco de preparación
y reflexión en sus interrogaciones.
5.
En la mayoría de los casos de violencia contra
las mujeres, la víctima y el perpetrador se
mueven los mismos círculos sociales. Esto significa
que usualmente habrá muchos/as testigos/as
que sepan de las dinámicas de abuso entre el
perpetrador y la víctima, y a menudo de los
actos criminales en sí. Es más, los/as
investigadores/as no tienen que buscar a esos/as testigos/as.
Por lo general la víctima también tiene
un buen conocimiento de estas personas.
6.
Las mujeres están estrechamente vinculadas
a niñas y niños. Con frecuencia, niñas
y niños son testigos/as que miran o escuchan
la violencia o aspectos que la corroboran - si tan
sólo los/as agentes les entrevistaran rutinariamente
y lo hicieran de manera apropiada. También
a menudo son víctimas directas de actos criminales
cometidos por el mismo perpetrador.
7.
Aun la mujer más aislada y temerosa que es
víctima de violencia por lo general ha hablado
directamente con otras personas, o les ha manifestado
los temores, las conductas, lesiones o declaraciones
que pueden corroborar los crímenes.
8.
Inclusive en aquellos raros casos en que no existen
suficientes pruebas en el más reciente incidente
o en otros anteriores, es casi seguro que en los casos
de violencia contra las mujeres el perpetrador continuará
sus intentos de arremeter contra la misma víctima.
A ella se le puede educar para que recabe pruebas
la próxima vez y alentarla a que llame de inmediato
a la línea 911.
El punto
clave es que es totalmente absurda la generalización
de las fuerzas de seguridad en cuanto a que los casos
de violencia contra las mujeres no tienen remedio
porque se trata de 'la palabra de ella contra la de
él'. Es crucial que este mito sea desterrado.
Sólo ha servido para que durante demasiado
tiempo las fuerzas de seguridad no cumplan sus responsabilidades
hacia las mujeres.
|
|
|
Se
autoriza copiar y distribuir esta información siempre y
cuando el crédito y el texto se mantengan intactos.
Reservados © todos los derechos, Marie De Santis,
Women's Justice Center,
www.justicewomen.com
rdjustice@monitor.net
Traduccion por Laura E. Asturias / Guatemala
|
|