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Monitorear, descubrir e introducir las pruebas en el caso tú misma

Introducción
Parte 1 ~ Rastrea y evalúa las pruebas
Parte 2 ~ Descubre pruebas adicionales
Parte 3 ~ Recaba e introduce tú misma pruebas para el caso
Introducción
El presente texto está diseñado para ayudar a víctimas y defensoras/es a mejor rastrear y evaluar las pruebas en casos de violencia contra las mujeres, saber cómo y dónde buscar más pruebas si las necesitaras y familiarizarte con las opciones para aportar esas nuevas evidencias a un caso criminal. En particular, esta sección tiene el propósito de darte la confianza de que, con algunas sugerencias, tú y tus clientas podrán hacerse más avezadas en lo relativo a las pruebas y empezar a fortificar rutinariamente los casos de violencia contra las mujeres al agregar evidencias nuevas, desapercibidas o que en forma deliberada han sido ignoradas. Estas habilidades son cruciales porque una de las principales formas en que las fuerzas de seguridad les niegan justicia a las mujeres es no recabando ni desarrollando las pruebas de los crímenes violentos contra ellas.

Si requieres ayuda inmediata para aportar en un caso alguna prueba o la declaración de un/a testigo/a, ve directamente a la Parte 3 y regresa más tarde a las Partes 1 y 2. Estas primeras dos secciones tienen el fin de ofrecerte una base que te haga posible trabajar con las pruebas de manera más regular.

Las pruebas son la moneda de oro del sistema de justicia. Son ellas, más que cualquier otra cosa, las que van a determinar si el sistema será capaz o no de implementar sus poderes en nombre de la víctima y hasta cuál grado lo hará. Es más, cuando un caso criminal se sustenta en una abundancia de pruebas, éste usualmente logra superar otros problemas que pudieran presentarse, ya sea los relacionados con un mal manejo del caso por parte de los/as funcionarios/as o con renuencia y temores de la víctima.

En suma, un caso sustentado en pruebas sólidas apunta de manera tan inequívoca a la verdad que casi puede caminar por sí solo. Los casos basados en pruebas sólidas salvarán las vidas de las mujeres.

Entonces, cuando el caso está siendo mal manejado, cuando los/as funcionarios/as se apartan de un caso por cualquier razón, y como un potente medio sobre todo para prevenir que esto ocurra, el fortalecimiento del caso con pruebas adicionales constituye una de las mejores estrategias que las víctimas y sus defensoras/es pueden utilizar para mantenerlo bien encauzado. Es una estrategia con la que toda la gente gana. Y, afortunadamente, fortificar con más pruebas un caso de violencia contra las mujeres por lo general no es en absoluto difícil.

Evaluar, descubrir y manejar evidencias es más que nada una cuestión de sentido común. Tanto así que, una vez que empiezas a involucrar a las víctimas en el proceso, la mayoría de ellas puede comprender rápidamente y convertirse en su mejor fuente para generar pistas hacia nuevas pruebas. Más aún, y contrario al mito generalizado de que los casos de violencia contra las mujeres están plagados de falta de pruebas y condenados al dilema de 'él dijo - ella dijo', lo cierto es que este tipo de caso suele tener una mayor riqueza de pruebas que otros casos criminales, por muchas de las razones que discutiremos más adelante.

Así que no te dejes intimidar. Tampoco sientas que debes conocer todos los puntos más finos de la ley de pruebas antes de empezar a trabajar tú misma con las evidencias. Simplemente centrando tu pensamiento en las pruebas conforme procesas casos de violencia contra las mujeres empezarás de inmediato a potenciar tus habilidades para reconocer las evidencias. Y aunque los sistemas legales varían de un país a otro, la lógica de las pruebas es universal. Indiferentemente del lugar donde vivas, esperamos que lo siguiente te ayude a fortalecer las pruebas necesarias para detener la violencia en las vidas de las mujeres."

 

Parte 1 ~ Rastrea y evalúa
las pruebas

Monitorea y evalúa rutinariamente las pruebas del caso.

Ya sea que un caso esté caminando bien o no, las/os defensoras/es deberían, como tarea de rutina, mantenerse vigilantes de las pruebas que están disponibles en el caso e, igualmente importante, cerciorarse en forma regular de cuántas de esas pruebas han sido introducidas con seguridad en el caso criminal. Dos preguntas abarcadoras a tener en mente son: en primer lugar, ¿han sido introducidas adecuadamente en el caso todas las pruebas disponibles? Y luego: ¿existen suficientes pruebas en el caso a fin de que el sistema emita apropiados cargos y acciones contra el perpetrador y apoye protecciones adecuadas para la víctima?

Al hacer esto, asegúrate de mantener a las víctimas informadas e involucradas en el proceso de monitorear las pruebas. Si una víctima es consciente del cúmulo de pruebas que apoyan su verdad, ello hace aumentar su confianza en el caso justamente en el momento en que más teme que no tendrá éxito. Comprender la fuerza de las evidencias puede a menudo ser el factor decisivo para lograr que las víctimas renuentes se dispongan a seguir adelante con el procesamiento. Pero más concretamente aquí, la atención de la víctima a las pruebas suele ser la fuente más fértil de nuevas pistas a evidencias en los casos de violencia contra las mujeres. Esto se debe a que las víctimas en estos casos suelen tener una apreciación íntima y detallada no sólo del crimen en sí, sino también del contexto en que éste ocurrió y del perpetrador.

Cuanto más tú y tu clienta empiecen a monitorear y evaluar las pruebas de manera rutinaria, más adeptas serán para notar automáticamente evidencias nuevas o inexploradas y también evaluar otros puntos más finos, como son la relevancia, el valor probatorio y la admisibilidad de diversos tipos de pruebas.

La mejor manera de empezar es habituarte a mantener una lista de pruebas del caso como parte de tus notas sobre éste, dejando un amplio espacio para actualizarla con el tiempo. A lo largo de tu trabajo en un caso - ya sea en conversaciones con funcionarios/as o con la víctima, al revisar documentos o durante las audiencias en la corte - mantente siempre alerta a las pruebas. Si surgen indicaciones de evidencias potenciales, anótalas. Luego haz preguntas, en ese momento o después, para sondear más.

Si te mantienes alerta a las evidencias y una víctima dice "... y luego él pateó la pared", naturalmente querrás saber: "¿Dejó una marca en la pared?" "¿Le mostraste la marca a la policía cuando reportaste el hecho?" "¿La policía tomó nota de esto?" "¿Tomaron fotografías?" "¿Alguien más vio al agresor patear la pared?" "¿Hay alguien en los apartamentos cercanos que podría haberlo escuchado cuando lo hizo?", etc. O si la víctima aún no ha hecho una denuncia a la policía y planea hacerlo, querrás hacerle ver a ella la importancia de que les muestre a los/as agentes la huella del pie y la marca en la pared.

Esto no necesariamente significa que cada vez que la víctima (o alguna otra persona) mencione algo que sea relevante para las pruebas tú detengas la conversación en ese mismo momento y empieces a hacer preguntas relacionadas con dichas evidencias, pues es de imaginar que tal aproximación en un momento inoportuno podría perturbar la cadena de pensamiento de esa persona. Pero al menos debes anotar en tu lista de pruebas la declaración de que "él pateó la pared", para que recuerdes volver más tarde a las preguntas relevantes.

Pronto descubrirás que, con sólo empezar a monitorear y rastrear consistentemente las pruebas de esta manera, una y otra vez estarás evitando que evidencias valiosas caigan por las numerosas grietas del proceso judicial. Este paso, por sí mismo, salvará las vidas de las mujeres.

He aquí dos guías, en forma de series de preguntas, que también pueden ayudar a que tú y tu clienta evalúen las pruebas y otros aspectos del caso criminal:· Formulario para evaluar la respuesta de la policía a la violencia doméstica
http://www.justicewomen.com/help_police_evaluation_sp.html;
Formulario para evaluar la respuesta de la policía a la violación y la violencia sexual;
http://www.justicewomen.com/help_rape_evaluation_sp.html

Como parte del rastreo de evidencias, también es importante que empieces a educarte acerca de las reglas de pruebas haciendo preguntas a funcionarios/as en quienes confíes y consultando los códigos de tu estado. La mayoría de jurisdicciones del mundo tiene ahora en Internet sus códigos penales y códigos de pruebas. ¡Úsalos! Pero, de nuevo, no sientas que necesitas saberlo todo antes de empezar a poner a trabajar tu intuición sobre las evidencias.

 

No aceptes a ciegas el pretexto oficial de que 'no hay suficientes pruebas'.

Además de detectar pruebas desapercibidas o pasadas por alto y promover la confianza en el caso, el monitoreo rutinario de las evidencias es otra de las mejores protecciones contra una de las tácticas más comunes utilizadas por funcionarios/as en todo el mundo para negarles la justicia a las mujeres. A menudo los/as funcionarios/as les dicen a las víctimas y sus defensoras/es (como también a sus propios/as supervisores/as) que 'no hay suficientes pruebas' para perseguir el caso cuando, de hecho, existen muchas.

O, lo que es igual de aberrante, deliberadamente introducen esta excusa en el caso al no recabar ni desarrollar las pruebas que están frente a sus narices.

Sea cual fuere el caso, el truco de que 'no hay suficientes pruebas', utilizado para desechar casos perfectamente viables de violencia contra las mujeres, es muy generalizado entre agentes de policía y fiscales en todo el mundo. Es obvio que este rampante y falso alegato por parte de las fuerzas de seguridad resulta sumamente peligroso y opresivo para las mujeres. Estos pretextos son, de hecho, complicidad gubernamental con la opresión violenta contra las mujeres y deben ser confrontados a fin de que ellas puedan vivir libres de violencia.

Es cierto que existen algunos casos de violencia contra las mujeres en los cuales es legítimo el pretexto de que 'no hay suficientes pruebas'. Y por ello, con más razón aún deben las víctimas y sus defensoras/es educarse acerca de las pruebas, a fin de poder discernir rápidamente entre los alegatos legítimos y los falsos. Así, cuando un/a funcionario/o salga con la falsa afirmación de que 'no hay suficientes pruebas', estarás preparada para refutarla y reportar esto ante su superior. O bien, como esperamos que esta sección te muestre, si todo lo demás falla, tú misma podrás salir a recabar más pruebas y así llenar los vacíos que haya en el caso. Pero lo más útil de todo, y concretamente aquí, será que una vez que los/as funcionarios/as se den cuenta de que estás prestando atención a las evidencias, esto hará mucho menos probable que, para empezar, recurran al embuste de que 'no hay suficientes pruebas.

NOTA: Desafortunadamente, muchas/os defensoras/es y consejeras/os de víctimas creen que monitorear las pruebas no es parte de su trabajo y, más aún, que no les compete cuestionar las afirmaciones de las fuerzas de seguridad en cuanto a la suficiencia de las pruebas. Cuando los/as agentes de policía o los/as fiscales dicen que no existen suficientes pruebas en un caso, demasiadas/os defensoras/es simplemente trasladan esa información a la víctima como si fuera un hecho. La práctica de repetirles a las víctimas las aseveraciones de las autoridades, sin siquiera aconsejarles que se cuiden de las mismas, convierte a las/os defensoras/es en no menos que agentes del sistema, lo cual constituye un conflicto directo y ético con el rol de un/a defensor/a. Si le dijiste a una víctima que vas a defenderla, la has llevado a creer que estás velando por sus intereses, actuando a favor de éstos, y no que funges como vocera/o del sistema.

Otra forma de ver esto es la siguiente. Mientras tantos/as funcionarios/as continúen alegando falsamente que 'no hay suficientes pruebas', tratar de abogar por las mujeres víctimas de violencia sin rastrear las evidencias es como intentar jugar póquer sin ver las cartas que tienes en la mano.

 

Rastrea cuáles pruebas han sido introducidas en el caso y cuáles no.

Un aspecto del monitoreo de pruebas al que a menudo no se le da la debida importancia es mantener un registro específico de cuáles evidencias han sido introducidas oficialmente en el caso y cuáles no. El hecho de que tú o la víctima sean conscientes de la existencia de ciertas pruebas no debería llevarles a asumir que éstas han sido incorporadas con seguridad en el expediente.

¿Ana de hecho le dijo a la/el agente que su vecina la vio salir gritando de la casa? ¿O sólo te lo dijo a ti? ¿El/La agente le dio seguimiento a esto y obtuvo una declaración de la vecina? ¿La vecina le dijo a la policía lo que en realidad vio? ¿O tal vez tenía demasiado miedo de hacerlo? ¿O Ana ni siquiera sabía que la vecina estaba parada en su terraza? Y cuando Ana le informó a la/el agente que había salido gritando de su casa, ¿se ganó el/la agente el sueldo yendo a hacer preguntas entre la gente del vecindario para averiguar si alguien había escuchado o visto lo suficiente y podía corroborar la declaración de Ana?

Existe una serie de razones por las cuales es tan fácil asumir, erróneamente, que las pruebas cruciales han sido introducidas en el caso cuando de hecho no lo fueron. Una de las razones más comunes es que las víctimas suelen hablar de manera mucho más directa y detallada con sus defensoras/es que con agentes del sistema. Una víctima puede contarte a ti con tal detalle e indignación sobre las amenazas que su novio dejó en su máquina contestadora, que ni siquiera te pasa por la mente que quizás ella nunca mencionó esos mensajes cuando habló con la policía.

A continuación, cuatro advertencias que es importante tener en mente al evaluar el estado de las pruebas:

1. No asumas que el hecho de que la víctima te dio información detallada implica que les haya brindado esa misma información a las autoridades o aun a la autoridad apropiada.

Además de que las víctimas por lo general son más reservadas cuando hablan con funcionarios/as que al hacerlo con defensoras/es, su falta de conocimientos acerca de quién es quién en el sistema y de cómo éste funciona a menudo conduce a grandes brechas en lo que se les ha informado a agentes clave. Por ejemplo, una víctima puede incluir información vital en su solicitud de una orden de restricción, darle esa información al despachador de la policía, a su defensor/a o un patrullero policial, y luego olvidar por completo proporcionársela al detective a cargo de investigar el caso. Una actual clienta nuestra escribió, en su solicitud de una orden de restricción, un recuento detallado de cómo su esposo intentó estrangular a su hija de cuatro años de edad. Se lo dijo además al patrullero policial, pero él no lo anotó. Se lo contó a testigos/as el día en que esto ocurrió, como también a la defensora en la Oficina del Fiscal de Distrito, y nos lo dijo a nosotras. Sin embargo, nunca le contó al detective asignado al caso que el sospechoso había intentado estrangular a su hija de cuatro años.

Cuando le preguntamos por qué no se lo dijo al detective, ella respondió, comprensiblemente, que ya se lo había contado a tantas personas que asumió que él ya sabía al respecto. Otra versión común de este contratiempo ocurre debido a la confusión de la víctima en cuanto a la diferencia entre un caso criminal y uno de ley de familia. Las víctimas a menudo piensan que por haber incluido ciertas pruebas en su solicitud de una orden de restricción, éstas automáticamente serán introducidas en el caso criminal. De modo que, además de asegurar que una víctima sí informó a las autoridades sobre pruebas o incidentes específicos, también se debe verificar que se lo haya informado a un/a agente apropiado/a. Pregúntales concretamente a las víctimas: "¿Le dijiste a X agente que el sospechoso estaba tratando de estrangular a tu hija?"

2. No asumas que el hecho de que la víctima proporcionó información a un/a agente significa que éste/a la anotó o que la introdujo al caso.

A menudo los/as agentes no documentan información vital por la razón tan simple y común que ya discutimos: es decir, porque ésta es la manera más fácil de sabotear y desechar un caso que no quieren procesar. Sin embargo, las fallas de los/as agentes en documentar dicha información también pueden ser una omisión comprensible.

En el ejemplo que dimos antes, sobre el agente que no incorporó en su reporte el intento de estrangulación contra la niña de cuatro años aunque la víctima asegura haberle informado de ello, es probable que el agente sencillamente olvidó hacerlo. El día en que él respondió a la llamada de la víctima, el perpetrador había llevado a cabo un ataque violento contra ella y secuestrado a esa niña. Todo el día del agente se centró en iniciar una búsqueda y garantizar la seguridad de la niña, lo cual hizo con éxito. Es fácil comprender que, cuando esa noche se sentó a escribir el reporte, simplemente haya olvidado incluir lo que la madre le habría dicho sobre el intento de estrangulación contra su hija, ocurrido algunos días antes.

3. No asumas que el hecho de que un/a agente parezca haber hecho notas minuciosas de ciertas pruebas implica que éstas hayan sido introducidas con seguridad en el caso.

He aquí dos ejemplos de pruebas cruciales que parecían haber sido introducidas seguramente en el caso pero en realidad no lo fueron.

Ejemplo 1: Un agente le tomó declaración a un hijo adolescente que fue testigo de la violencia doméstica contra su madre y el único que podía corroborarlo. En su reporte policial, el agente escribió que el joven había dado una declaración - pero el agente no escribió esa declaración, ni siquiera un resumen de ésta. Al revisar el reporte, el fiscal de distrito, en vez de simplemente enviar el reporte de vuelta al agente con instrucciones de que fuera a tomarle la declaración al joven, optó por utilizar el error del agente como una excusa para rechazar el caso por falta de pruebas. Ninguno de estos crasos descuidos salió a luz sino hasta tres semanas después, cuando la mujer fue encontrada, por ese mismo hijo adolescente, asesinada sobre el piso del dormitorio de ella, con nueve balas en el cuerpo.

Es muy probable que la vida de ella habría podido ser salvada si un/a defensor/a diligente hubiera confrontado el alegato del fiscal de distrito acerca de que no había suficientes pruebas y luego lo hubiera presionado para que incorporara la declaración del adolescente en el registro y procesara el caso en forma apropiada.

Ejemplo 2: En un caso de múltiples delitos por violencia doméstica, nos pareció que el agente había hecho prácticamente todo bien - desde una actitud amable hasta su laboriosa recolección de pruebas. El hecho de haber arrestado al sospechoso, tomarle huellas y fotografías y acusarlo formalmente de múltiples delitos, cubriendo todos los aspectos de los crímenes, también indicaba que el agente se sentía confiado de poder respaldarlo todo con las pruebas que había recabado. Lo único que nos preocupaba era que él había utilizado a un empresario disponible para que tradujera la declaración de la víctima. Sin embargo, por impropio que esto hubiera podido ser, sabíamos que ese empresario hablaba fluidamente ambos idiomas y que la Oficina del Fiscal de Distrito aceptaba de rutina declaraciones de víctimas con traducciones mucho menos adecuadas que ésta.

Lo que no sabíamos, sino hasta que repentina e inesperadamente el perpetrador estaba de vuelta en las calles persiguiendo a todas las personas involucradas, fue que el asistente del fiscal de distrito había rechazado todos los cargos formulados en el caso. ¿Por qué fue rechazado el caso? Porque, sin que la víctima o nosotras lo supiéramos, el empresario sentía tanto temor del perpetrador que, si bien había estado dispuesto a traducir, se negó a darle su nombre a la policía - un hecho que cortó completamente el puente legal hacia la prueba más esencial del caso; es decir, la declaración de la víctima. Una brecha crucial en el manejo de las pruebas por parte del agente condujo al colapso de todo el caso, hasta el momento en que la víctima pudiera volver a ser entrevistada en forma apropiada. Afortunadamente, y en realidad sólo fue cuestión de suerte, ella estaba viva y sana para poder hacerlo.

4. No asumas que un/a agente ha seguido todas las pistas obvias de las pruebas para ver si encuentra más evidencias.

Éste es el punto en que queda tan clara la indiferencia de los/as agentes a la violencia contra las mujeres. Si Ana dice que salió gritando de su casa pero aún no sabe que una vecina la vio, pocos/as agentes harán el obvio esfuerzo por hablar con personas del vecindario para averiguar si alguien habría presenciado los hechos. Si las pruebas no saltan a la vista de los/as agentes, ellos/as no se esforzarán por buscar activamente los medios para construir el caso. Ésta es una brecha significativa en la mayoría de casos de violencia contra las mujeres, una que las víctimas y sus defensoras/es casi siempre pueden explorar y cerrar.

***

Prejuicios, omisiones, descuidos, pereza de los/as agentes y sus limitaciones de tiempo; renuencia y temores de las víctimas, comunicación fragmentada, su falta de conocimiento del sistema, olvidos; renuencia y temores de los/as testigos/as, falta de disponibilidad, desconocimiento del sistema; errores, descuidos, prejuicios, etc. del personal, del despachador y las personas de apoyo... Hay tantas maneras en que las pruebas vitales disponibles pueden caer por las grietas, y de hecho lo hacen, que un aspecto esencial del monitoreo de las pruebas consiste en hacerte siempre esta pregunta: "¿Han sido apropiadamente introducidas en el caso las pruebas existentes, o no?"

 

Métodos para determinar cuáles evidencias han sido oficialmente introducidas en el caso y cuáles no.

A menos que tengas en tus manos una copia completa del reporte policial, nunca puedes estar 100 por ciento segura de cuáles pruebas han sido introducidas de manera oficial y apropiada en el caso y cuáles no. Sin embargo, aun sin tener el reporte policial, hay una variedad de formas, combinadas, en que por lo general puedes llegar a evaluar casi acertadamente el estado de las pruebas. He aquí algunas de ellas:

Pregúntale a la víctima. Como en la mayoría de aspectos de los casos de violencia contra las mujeres, la víctima es una de las mejores fuentes para obtener información sobre el estado de las pruebas. Una buena pregunta general que inicialmente se le puede hacer a la víctima es si ella sintió, o no, que la/el agente estaba haciendo un genuino esfuerzo por tratar el caso con seriedad y recabar todas las pruebas disponibles. Luego, conforme surjan puntos probatorios específicos en la historia de la víctima, hazle siempre preguntas más concretas: ¿Dio ella esa misma información a la/el principal investigador/a? ¿Le pareció que la/el agente estaba anotando la información? ¿Recabó el/la agente una verificación relevante de las pruebas, tales como tomar fotografías, obtener declaraciones de testigos/as, grabaciones de mensajes, etc.? ¿Entrevistó el/la agente a testigos/as específicos/as? ¿Sabe la víctima si las/os testigos/as hablaron con libertad, etc.?

Adicionalmente, es importante preguntarle a la víctima cuál información dio a la operadora de la línea 911. Recuerda que las llamadas a la línea 911 son grabadas y almacenadas por los departamentos de policía durante mucho tiempo. Las pruebas contenidas en esas grabaciones pueden ser cruciales en los casos de violencia contra las mujeres. (También es importante asegurar que esas grabaciones sean descargadas e introducidas al caso, algo que la policía a menudo no hace. Pero, naturalmente, la víctima no sabrá la respuesta a esa parte de la pregunta.)

Recuerda que aun cuando tengas una impresión positiva del estado de las pruebas por haber repasado estas evaluaciones con la víctima, todavía puede haber, en el informe final de la/el agente investigador/a, muchas y desagradables sorpresas de evidencias faltantes, como los ejemplos mencionados en la sección previa.

Averigua los cargos de arresto. Averiguar cuáles son los cargos de arresto tras la captura del sospechoso es una primera manera rápida, fácil y excelente de saber qué tipo de pruebas el/la agente introdujo oficialmente en el caso - o no. Al realizar una captura y conducir al sospechoso a la cárcel, un/a agente de policía escribe una nota oficial de los 'cargos de arresto'. Éstos no son necesariamente los que serán formulados contra el sospechoso, ya que es el/la fiscal de distrito quien toma la decisión final acerca de cuáles cargos (si es que alguno) serán presentados formalmente. Los cargos de arresto son los que el/la agente recomienda formular con base en las pruebas que haya documentado en su reporte. Siendo así, estos cargos te dan una primera buena idea de la gama de pruebas asentadas en el reporte.

Por ejemplo, si el sospechoso fue conducido a la cárcel bajo un solo cargo de violencia doméstica pero no por uno de amenazas, es muy probable que, aunque la víctima le haya informado al agente sobre las amenazas de muerte proferidas por el sospechoso, éstas no fueron incluidas en el reporte policial. Si el/la agente las hubiera anotado en el reporte, es casi seguro que habría asentado cargos contra el sospechoso tanto de violencia doméstica como de amenazas.

Averiguar de manera rutinaria los cargos de arresto te dará, una y otra vez, una alerta temprana sobre los grandes vacíos en los reportes policiales. Un solo ejemplo: fueron los cargos de arresto los que nos alertaron sobre el hecho de que el intento de estrangulación contra la niña de cuatro años de edad probablemente no figuraba en el reporte de la policía. A pesar de que había cargos de arresto por múltiples delitos, entre éstos no figuraba uno por violencia contra una niña.

Lo que hace de la obtención de los cargos de arresto algo muy valioso para las víctimas y sus defensoras/es es que puedes adquirirlos tan rápida y fácilmente. Si un sospechoso fue arrestado y aún está bajo custodia, todo lo que necesitas hacer es llamar por teléfono a la cárcel. Los cargos de arresto son de dominio público. El personal penitenciario en los Estados Unidos debe darle a cualquier persona que llame a la cárcel la lista de los cargos de arresto por los cuales el sospechoso está detenido. Es tan simple que, cuando el sospechoso ya ha sido capturado, llamar a la cárcel y solicitar los cargos de arresto debería ser algo rutinario y una de las primeras cosas que hagas. Y, por supuesto, en la misma llamada puedes obtener información sobre la fianza, así como la fecha y hora de la primera o siguiente comparecencia del sospechoso ante la corte. Además, no olvides darle a la víctima el número telefónico de la cárcel para que ella pueda llamar ahí en cualquier momento del día o la noche y obtener la misma información vital, e inclusive una respuesta a la pregunta que suele pesar más en su mente; es decir: ¿está el sospechoso aún bajo custodia?

Siempre que sea posible, obtén el reporte policial y/o demás documentos oficiales, tales como CAD (registros del despachador), grabaciones de la línea 911, órdenes de cateo y allanamiento y órdenes de captura. La única manera de tener total certeza de que una prueba particular fue introducida en el caso es ver que de hecho sea anotada en los reportes oficiales. Entonces, toda vez que sea posible, obtén una copia del reporte de la policía y otros documentos oficiales del caso. En la mayoría de estados, como ocurre en California, las fuerzas de seguridad tienen la obligación legal de proporcionar a las víctimas una copia del reporte policial de violencia doméstica si ellas la solicitan. Sin embargo, hasta donde sabemos, las víctimas de violencia sexual no gozan de ese mismo derecho legal en ningún estado. Y aun con los reportes de violencia doméstica, no siempre puedes obtener una copia a la brevedad deseada. De modo que, aunque obtener una copia del reporte policial es obviamente la mejor manera de saber qué hay en éste, por lo general tendrás que apoyarte en otras fuentes, a mayor o menor grado, para poder saberlo.

¡No olvides las órdenes de cateo y allanamiento ni las órdenes de captura! Estas órdenes suelen ser una mina de oro porque te brindan exactamente la información sobre pruebas que estás buscando, y aún más valiosas pues son de dominio público. Es así porque son escritas inclusive antes de que el/la fiscal de distrito haya visto el caso. A fin de obtener la aprobación de un/a juez/a ya sea para una orden de cateo y allanamiento o una de captura, la policía tiene que argumentar su caso por escrito ante ese/a juez/a. Estas solicitudes, que usualmente contienen una lista de las pruebas que el/la agente ya recabó en el caso, pasan a formar parte de la orden firmada. A veces, y esto es aún mejor que esa lista de pruebas, los/as agentes adjuntan una copia del reporte policial actualizado, lo cual hace que este reporte pase a ser de dominio público incluso antes de que el caso haya sido enviado a la Oficina del Fiscal de Distrito. Obtener copias de las órdenes de cateo y allanamiento y de captura es especialmente útil en casos de crímenes sexuales en los que suele ser imposible que las víctimas adquieran, a solicitud, una copia del reporte policial. Si sabes que una orden ha sido emitida en un caso, todo lo que tú o la víctima tienen que hacer es ir a la corte y pedir una copia.

Pregúntales directa e indirectamente a los/as agentes. Varía mucho el grado de anuencia de los/as agentes para hablar sobre los detalles de su investigación. Sin embargo, la mayoría se involucrará en algún nivel de conversación con las víctimas y sus defensoras/es. Aprovecha esto y llámales. Al hacerlo, recuerda que si bien los/as agentes investigadores/as tienen una obligación razonable de brindar a las víctimas y sus defensoras/es información sobre el progreso del caso, no están obligados/as a compartir pruebas específicas que hayan recabado. Por ello, con mayor razón es necesario que agudices tus habilidades conversacionales con las fuerzas de seguridad.

Un asunto de comunicación particularmente crítico con el que vas a toparte una y otra vez surge cuando que un/a agente de policía, fiscal u oficial de libertad condicional te dice a ti o le informa a tu clienta que no hay suficientes pruebas para proceder en el caso. Es al discutir esto con un/a agente que, aplicando la combinación justa de preguntas creativas, conversación y confrontación, deberías poder obtener la información necesaria sobre el actual estado de las pruebas del caso, además de lograr que ese/a agente mantenga una mente abierta para continuar con el caso.

Una estrategia confiable para maximizar la información que puedas extraer de esas conversaciones es ésta: mientras más información se aborde durante la charla, más nuevos datos obtendrás de la conversación y más soluciones podrás proveer. Entonces, si tu clienta te dice que un/a agente ya le informó que no existen suficientes pruebas para proseguir con el caso, tómate tu tiempo para recopilar tanta información como puedas acerca del estado de las pruebas antes de llamar por teléfono a ese/a agente o concertar una reunión con él/ella. Otra estrategia consiste en simplemente seguir con la conversación. Mientras más puedas hacer que el/la agente hable, más probable será que obtengas información nueva y útil. Es así de simple.

Pregúntales a otros/as agentes asociados/as o no asociados/as al caso. Cuando te topes con un muro al tratar de obtener de un/a agente investigador/a información sobre las pruebas, no olvides que cualquier caso pasa por las manos de una gama de agentes. Y también que hay muchos/as más agentes, aparte de quienes ya fueron directamente asignados/as al caso, que se encuentran en posición de sacar del archivo el expediente del caso y darle una mirada. No vaciles en acercarte a esos/as agentes.

Supongamos, por ejemplo, que al llamar a la cárcel te enteras de que al sospechoso no se le formularon cargos de amenazas, aunque la víctima asegura haberle informado a la/el agente sobre las amenazas de muerte del sospechoso. O la víctima dice que no se le tomó ninguna fotografía de su lesión. O que no está segura de si la/el agente tomó notas cuando su hijo le informó que había presenciado el pleito. Y supongamos también que, por cualquier razón, te es imposible extraerle la información necesaria a la/el agente que respondió a la llamada. Algo que siempre puedes hacer es llamar al sargento de turno en el Departamento de Policía. Dile que te preocupa que una particular pieza de evidencias del caso podría no haber sido introducida en el expediente y que quisieras saber si la víctima debe presentarse para dar una declaración suplementaria, para que le tomen fotografías o se haga lo que sea necesario a fin de llenar los vacíos. Es muy probable que esto motivará al sargento a sacar del archivo el expediente del caso, darle una mirada y confirmarte las cosas de una u otra forma, al menos sobre el asunto particular.

De la misma manera, puedes acudir al jefe o jefa de las unidades de violencia doméstica o crímenes sexuales, a asistentes del fiscal de distrito que formulan cargos y a investigadores de la Oficina del Fiscal de Distrito. Defensoras/es de víctimas que trabajan dentro del sistema, oficiales de libertad condicional y personal de asistencia a víctimas también a menudo tienen acceso a los reportes policiales. Lo más importante aquí es que hay muchos/as diferentes funcionarios/as que no están directamente asignados/as al caso pero sí tienen acceso al reporte policial y pueden darte detalles específicos de lo que figura en éste y lo que no aparece ahí. ¡Utiliza a esas personas! La principal limitación de tal estrategia es que, si bien muchas de estas personas estarán dispuestas a extraer un reporte policial del archivo, verlo y responderte una o dos preguntas, la mayoría no querrá sentarse ahí y leerte todo el reporte. Pero hay quienes también harán eso.

Pregúntales a los/as testigos/as. Las víctimas a menudo te hablarán de gente que ha presenciado aspectos del crimen, testigos/as que cuentan con información para corroborar los hechos o personas que fueron ellas mismas víctimas del mismo perpetrador. Aunque la víctima te diga que le informó a un/a agente sobre estas personas, tú y ella podrían tener serias dudas acerca de si ese/a gente de hecho hizo un seguimiento y realizó las entrevistas. Si por otros medios no es posible determinar si esa crucial tarea fue llevada a cabo, no vaciles en contactar tú misma a los/as testigos/as y preguntarles directamente si un/a agente les contactó para tomarles su declaración.

Si la víctima Ana dice que le informó a un/a agente que su vecina la vio salir gritando de su casa, no hay nada inapropiado en que tú o Ana le pregunten a la vecina si el/la agente policial le habló - asumiendo que la víctima te autorizó a que lo hagas.

Cuando estableces este tipo de contacto con un/a testigo/a, usualmente lo mejor es limitarte a hacer tú misma sólo esa única pregunta: ¿el/la agente le tomó su declaración? Por lo general no es una buena idea pedirle a la persona que te cuente qué le dijo a ese/a agente. Pedirle que revele el contenido de su declaración puede con facilidad percibirse como un intento tuyo de influir en el/la testigo/a o intimidarle. De hecho, una buena práctica es que, antes de hacerle la pregunta, le expliques que no tienes intención de conocer el contenido de su declaración, sino sólo quieres verificar si un/a investigador/a le contactó. Naturalmente, si la persona quiere brindar más información, eso es diferente. Pero aun si éste fuera el caso, asegúrate de que no se sienta presionada. Puedes decirle algo como: "Usted no tiene que decirme lo que le contó al agente a menos que en realidad quiera hacerlo".

A pesar del cuidado especial que se debe tener para asegurar que los/as testigos/as no se sientan de ninguna manera influenciados/as o presionados/as, determinar si la policía obtuvo o no sus declaraciones es algo demasiado crucial como para no verificarlo. En nuestras investigaciones de homicidios por violencia doméstica, una de las cosas que surgió una y otra vez en reportes policiales previos referidos a la misma víctima fue que si bien los reportes podían mencionar a un/a testigo/a, la policía no le había entrevistado. El caso luego pasó al fiscal de distrito, quien, en vez de adoptar medidas para obtener las declaraciones de los/as testigos/as, tomó la salida más fácil y simplemente rechazó el caso, dejando al perpetrador libre para cometer asesinato. Fue así en un homicidio tras otro. De modo que si no puedes verificar esta información por ninguna otra vía, no vaciles en llamar a la/el testiga/o y decirle: "Lamento molestarle. Soy defensor/a de víctimas y me pregunto si usted podría decirme si la policía le contactó acerca de un incidente que ocurrió ayer. Sólo queremos asegurarnos". Esto puede salvar la vida de tu clienta.

 

Contrario al mito, en los casos de violencia contra las mujeres suele haber más abundancia de pruebas que en otros tipos de casos.

Tú no necesitas trabajar por mucho tiempo en casos de violencia contra las mujeres antes de empezar a oír el común refrán de las fuerzas de seguridad: que es casi imposible procesar estos casos pues se trata de 'la palabra de ella contra la de él'. Este mito debe ser echado por tierra debido a que es tan incorrecto, está tan arraigado en la mentalidad de la gente y es tan efectivo para encubrir a agentes que simplemente no quieren procesar esos casos. Comprender por qué este mito es falaz hará que la gente sea mucho menos vulnerable a los falsos alegatos de las fuerzas de seguridad de que 'no hay suficientes pruebas'. También ampliará tus propios pensamientos acerca de cómo buscar evidencias adicionales cuando sean necesarias.

Así que vale la pena tomarnos aquí un momento para mostrar no sólo que este mito es falso, sino que exactamente lo contrario es cierto. Es mucho más probable que en los casos de violencia contra las mujeres haya una mayor abundancia de pruebas que en cualquier otro tipo de caso.

1. En los casos de violencia contra las mujeres, por lo general la víctima conoce bien al perpetrador. Por un lado, esto les ahorra a los/as investigadores/as una prolongada pesquisa acerca de quién cometió el crimen y, por el otro, la víctima suele tener tanta información detallada e íntima sobre el agresor que puede generar una riqueza de pistas a pruebas y corroboración. Adicionalmente, las víctimas a menudo pueden proveer deducciones correctas a preguntas esenciales de la investigación, tales como: "¿Dónde piensa usted que él pudo haber escondido el cuchillo?", "¿Adónde cree usted que él llevará al bebé?", "¿Piensa que él probablemente se jactará ante sus amigos de haberla violado?", "¿Cuál(es) amigo(s)?", "¿Cuál es el número de teléfono de ellos y a qué hora regresan del trabajo?" Frecuentemente, las víctimas además saben de otras actividades criminales del perpetrador y tienen conocimiento de otras personas que también han sido víctimas de su violencia, todo lo cual puede ser vinculado al caso actual o agregado a éste.

2. La violencia doméstica casi nunca es un incidente aislado. Por el contrario, suele tratarse de incidentes continuos que ocurren durante un periodo de tiempo relativamente prolongado. Es casi imposible que un perpetrador cometa estos crímenes una y otra vez sin dejar un rastro plagado de evidencias. Los/as investigadores/as - además de las víctimas y sus defensoras/es - simplemente deben ir más allá de lo que creen que es un incidente aislado. Esto no sólo amplía el cúmulo de pruebas, sino también es probable que destape toda una gama de crímenes relacionados, cada uno con sus propias evidencias y a menudo con una serie de pruebas más sólidas que las del más reciente incidente. Con tanta frecuencia son pasados por alto los crímenes relacionados que podrían haber ocurrido en el mismo periodo de tiempo o en uno diferente, tales como privación ilegítima de la libertad, vandalismo, amenazas, abuso infantil, relaciones sexuales forzadas, abuso contra mascotas y muchos otros. Lo mismo se aplica a un gran porcentaje de casos de violencia sexual, ya que el perpetrador en la mayoría de éstos suele tener una relación presente, de una u otra clase, con la víctima.

3. Los casos de violencia contra las mujeres, dado que en ellos la víctima conoce bien al perpetrador, están listos para crear nuevas pruebas a través de llamadas de pretexto, como también por medio de grabaciones y diversos trucos. (Una llamada de pretexto es una llamada telefónica hecha al perpetrador por la víctima u otra persona involucrada. Es grabada y guiada por la policía. En ella la víctima utiliza un escenario arreglado [un pretexto] para lograr que el sospechoso hable sobre su crimen. Estas llamadas y otras técnicas relacionadas son especialmente valiosas en los crímenes sexuales, que a veces sí carecen de una abundancia de pruebas materiales.)

4. Los perpetradores de violencia contra las mujeres generalmente no huyen de la escena del crimen y casi siempre están dispuestos a contarle a la policía su propia versión de los hechos. No importa que ello ocurra porque estos agresores particulares creen que sus actos son tan justificados o sienten confianza de que se saldrán con la suya. La gran ventaja para los/as investigadores/as es la misma. Un perpetrador que esté anuente a hablar con ellos/as es un pato sentado - un tonto pato sentado - y el sueño de cualquier investigador/a. Esto es así porque resulta casi imposible fabricar una historia ficticia que concuerde perfectamente con las pruebas materiales. Las inevitables grietas y contradicciones que adornan las declaraciones del perpetrador son potentes evidencias en su contra. Sin embargo, obtener estas fáciles pruebas requiere que los/as investigadores/as estén anuentes a invertir al menos un poco de preparación y reflexión en sus interrogaciones.

5. En la mayoría de los casos de violencia contra las mujeres, la víctima y el perpetrador se mueven los mismos círculos sociales. Esto significa que usualmente habrá muchos/as testigos/as que sepan de las dinámicas de abuso entre el perpetrador y la víctima, y a menudo de los actos criminales en sí. Es más, los/as investigadores/as no tienen que buscar a esos/as testigos/as. Por lo general la víctima también tiene un buen conocimiento de estas personas.

6. Las mujeres están estrechamente vinculadas a niñas y niños. Con frecuencia, niñas y niños son testigos/as que miran o escuchan la violencia o aspectos que la corroboran - si tan sólo los/as agentes les entrevistaran rutinariamente y lo hicieran de manera apropiada. También a menudo son víctimas directas de actos criminales cometidos por el mismo perpetrador.

7. Aun la mujer más aislada y temerosa que es víctima de violencia por lo general ha hablado directamente con otras personas, o les ha manifestado los temores, las conductas, lesiones o declaraciones que pueden corroborar los crímenes.

8. Inclusive en aquellos raros casos en que no existen suficientes pruebas en el más reciente incidente o en otros anteriores, es casi seguro que en los casos de violencia contra las mujeres el perpetrador continuará sus intentos de arremeter contra la misma víctima. A ella se le puede educar para que recabe pruebas la próxima vez y alentarla a que llame de inmediato a la línea 911.

El punto clave es que es totalmente absurda la generalización de las fuerzas de seguridad en cuanto a que los casos de violencia contra las mujeres no tienen remedio porque se trata de 'la palabra de ella contra la de él'. Es crucial que este mito sea desterrado. Sólo ha servido para que durante demasiado tiempo las fuerzas de seguridad no cumplan sus responsabilidades hacia las mujeres.

 

 
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Traduccion por Laura E. Asturias / Guatemala

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