Existen seis
obstáculos principales que continúan bloqueando
el avance hacia un sistema de justicia criminal que de rutina
responda efectivamente a la violencia contra las mujeres.
Es crucial comprender la naturaleza y magnitud de estos
obstáculos a fin de desarrollar estrategias de defensa
que sean lo suficientemente potentes para superarlos.
Los seis principales
obstáculos a la protección y justicia para
las mujeres en el sistema de justicia criminal son:
1. Una casi
absoluta discrecionalidad policial y de prosecución
para seleccionar los crímenes que el sistema tratará
con la seriedad que ameritan, así como aquéllos
que optará por ignorar, y hacerlo con toda impunidad.
El ejercicio de este enorme poder discrecional se encuentra
virtualmente al margen del imperio de la ley.
2. Un sexismo
y racismo ingobernables y profundamente arraigados que
permanecen institucionalizados en todo el sistema de justicia
criminal. Este sexismo y racismo, combinados con la absoluta
discrecionalidad del sistema para ignorar los crímenes
siempre que así lo desea, implican que los casos
de violencia contra las mujeres son a menudo ignorados
o desechados, o la respuesta a ellos es tan pronta como
sea posible pero desconsiderada e inadecuada.
3. La incapacidad
de la sociedad para responder la pregunta "¿quién
controla a la policía?", así como para
hacer esa pregunta referida a los fiscales de distrito.
Esto significa que el sistema de justicia criminal no
es legalmente responsable cuando desecha los casos de
violencia contra las mujeres. Además, no existe
virtualmente ningún otro mecanismo social viable
por medio del cual el público pueda obligar al
sistema a implementar sus poderes a favor de las mujeres
que son víctimas de violencia.
4. La represión
de una defensa efectiva de las víctimas, a causa
de los crecientes controles del sistema de justicia criminal
sobre el financiamiento y funcionamiento de los centros
de atención a la crisis por violación y
violencia doméstica.
5. La invisibilidad
de la denegación de protección y justicia
para las mujeres víctimas de violencia a los ojos
del público, a menudo también de las mismas
víctimas y hasta de los supervisores de los oficiales
que revisan los reportes de éstos últimos.
6. La incapacidad
de poner en la mira a los fiscales de distrito. Los grupos
de defensa, de justicia social y por los derechos civiles
que buscan corregir los abusos en el sistema de justicia
criminal, usualmente lo hacen enfocándose en la
policía, mientras a la vez ignoran por completo
al fiscal de distrito. Éste es un error monumental
y desconcertante, puesto que el fiscal de distrito es
el funcionario más poderoso del sistema de justicia
criminal en cada comunidad.
Veamos más
de cerca cada uno de estos obstáculos:
1.
Una casi absoluta discrecionalidad policial y de prosecución
La mayoría de las personas ignora por completo que
toda una fuerza policial y una Oficina del Fiscal de Distrito
pueden quedarse paradas y observar una violación
sexual que ocurre frente a sus propios ojos. Por lo general
tampoco saben que si a estos oficiales se les antoja, pueden
simplemente cruzarse de brazos y retirarse, todos ellos.
Los agentes de la justicia criminal no tienen en absoluto
ninguna obligación legal para actuar. Ni siquiera
tienen que escribir un reporte si no lo desean. O pueden
escribirlo pero no investigar, o bien realizar una investigación
a medias y luego rehusarse a procesar el caso. Sin importar
cuántas evidencias existan de que el crimen sí
ocurrió, las fuerzas de seguridad pueden responder
a los crímenes con cualquier nivel de seriedad que
quieran. Los agentes de las fuerzas de seguridad no tienen
obligación legal para actuar. Y la víctima
del crimen prácticamente no tiene los medios legales
para responsabilizarlos por rehusarse a actuar, o por negarse
a actuar de manera apropiada.
Esta discrecionalidad
casi absoluta de los oficiales de la justicia criminal en
la selección de aquellos crímenes que van
a tratar seriamente y de los que optarán por ignorar
es la clave para comprender por qué, a pesar de años
de legislación y políticas que mandan que
el sistema trate con seriedad la violencia contra las mujeres,
las fuerzas de seguridad siguen haciendo lo que les place,
en tanto la violencia contra las mujeres continúa
rampante. Las fuerzas de seguridad no tienen la obligación
legal de implementar sus políticas y leyes. No tienen
que hacerlo si no quieren, y en demasiados casos no quieren
hacerlo. La protección y la justicia para las víctimas
de violación, violencia doméstica y abuso
infantil dependen enteramente de los caprichos arbitrarios
y de los prejuicios de los oficiales que responden a sus
casos.
En tiempos recientes,
el derecho de las fuerzas de seguridad de seleccionar los
crímenes en los que van a implementar sus poderes
y aquéllos en los que no harán nada, ha sido
clavada directamente en el corazón de la legislación
de los Estados Unidos por la decisión de la Corte
Suprema, en 1989, en el caso DeShaney versus Condado de
Winnebago.
El caso de 1989
de la Corte Suprema en DeShaney versus Condado de Winnebago
tiene que ver con un niño cuyo cerebro quedó
gravemente dañado a causa de las golpizas de su padre.
Esto ocurrió luego de que los agentes del condado
le devolvieran el niño al padre, un hombre que ya
era conocido por el sistema pues había sido violento
con su hijo en repetidas ocasiones. Familiares del niño
demandaron al condado por denegarle a éste el derecho
al debido proceso según la 14a. Enmienda. Y en 1989
la Corte Suprema falló en contra del niño.
Con mortal claridad,
el dictamen de la Corte Suprema en el caso DeShaney asevera
que "Las fuerzas de seguridad no tienen la obligación
afirmativa de actuar". Es un fallo que rige en la actualidad
y que en forma certera ha puesto los derechos de las víctimas
a la protección y la justicia a merced de los caprichos
arbitrarios y sin control de las fuerzas de seguridad. El
caso DeShaney cerró las puertas a cualquier justicia
o remedio para las víctimas que son ignoradas por
las fuerzas de seguridad.
Claramente, el
caso DeShaney se aplica a todas las víctimas de crímenes,
incluidos aquéllos en los que las víctimas
son hombres. Sin embargo, dado el ingobernable sexismo que
permea a las fuerzas de seguridad, y debido al fuerte disgusto
de éstas para trabajar en casos de violación
y violencia doméstica, ¿cuáles crímenes
piensas que optan por ignorar sistemáticamente? Por
supuesto, las fuerzas de seguridad utilizan su discrecionalidad
para ignorar los crímenes en los que menos les gusta
trabajar, y la violencia contra las mujeres y la niñez,
como demostraremos adelante, es su crimen menos favorito.
Son las mujeres, las niñas y los niños quienes
sufren la sistemática denegación de justicia
permitida por el caso DeShaney.
El magistrado
Brennan, de la Corte Suprema, al escribir el disenso de
minoría en el caso DeShaney, se refirió elocuentemente
a la gravedad de la injusticia que sería perpetrada
por el fallo. "Mi desacuerdo con la Corte", escribió
el magistrado Brennan, "surge de su incapacidad de
ver que la inacción puede abusar del poder tanto
como la acción, que la opresión puede ser
el resultado cuando un Estado emprende una obligación
vital y luego la ignora".
El caso DeShaney
ha sido usado desde 1989 no sólo para negar masivamente
cualquier alegato legal por parte de las mujeres de que
las fuerzas de seguridad les han denegado el derecho al
debido proceso tal como está garantizado por la 14a.
Enmienda. También ha sido utilizado por las cortes
federales a lo largo de la nación para destruir todo
intento de las mujeres de alegar que las fuerzas de seguridad
les están denegando su derecho a la protección
igualitaria, el cual también está garantizado
por la 14a. Enmienda - por muy inapropiada que pueda ser
la aplicación del caso DeShaney.
(Para una mirada
a la larga y traicionera historia de cómo la Corte
Suprema niega los derechos de las mujeres garantizados por
la 14a.
Enmienda.
Queda claro que
el actual estado de la ley es devastador para las mujeres,
las niñas y los niños que se acercan al sistema
de justicia criminal primordialmente como víctimas.
Es cierto que hay cada vez más estados que requieren
que las fuerzas de seguridad respondan de una u otra forma
a los llamados relacionados con violencia doméstica.
Pero dada la supremacía de los fallos de la Corte
Suprema, estas leyes estatales se reducen a poco más
que meros deseos. Cuando la policía y los fiscales
incumplen esas leyes estatales -por ejemplo, cuando la policía
viola la ley estatal de California que obliga a los agentes
a escribir un reporte de todos los llamados por violencia
doméstica- no existe un medio legal viable que las
víctimas puedan utilizar para buscar un remedio.
El fallo de la Corte Suprema en el caso DeShaney, al dictaminar
que las fuerzas de seguridad no tienen que actuar, se lleva
todas las palmas.
Desde el caso
DeShaney ha habido un caso federal que ha desafiado con
éxito la discrecionalidad de las fuerzas de seguridad
para no hacer nada siempre que se les antoja, y espero que
para cuando leas esto haya muchos más. En el 2002,
en el caso Macías versus Departamento del Alguacil
del Condado de Sonoma, una corte federal de distrito le
ordenó al Departamento del Alguacil pagar un millón
de dólares a los hijos de María Teresa Macías,
quien fue víctima de homicidio por violencia doméstica.
En el año
previo a su asesinato, Teresa había llamado más
de 25 veces al Departamento del Alguacil en busca de protección
contra su violento esposo, del cual estaba separada. El
alguacil la ignoró en cada ocasión hasta que
finalmente el esposo de Teresa le puso una pistola en la
cabeza y la asesinó. (Una extensa cobertura y documentos
del caso Macías se encuentra en www.justicewomen.com/macias_case_index_sp.html.)
La familia Macías
entabló una demanda federal de derechos civiles según
la 14a. Enmienda, alegando que el Departamento del Alguacil
del Condado de Sonoma le había negado a Teresa su
derecho a protección igualitaria y la había
discriminado como mujer, como latina y como víctima
de violencia doméstica. Al apelar a la cláusula
sobre protección igualitaria de la 14a. Enmienda,
el caso Macías buscaba una puerta alternativa a la
que estaba cerrada para alegatos referidos al debido proceso
que fue creada por el caso DeShaney.
Tal como se esperaba,
el juez de la corte federal de distrito sacó el caso
de la corte, concordando con los abogados del alguacil en
que en tales casos no existían precedentes de la
responsabilidad de las fuerzas de seguridad. La familia
Macías apeló esa decisión ante la Corte
de Apelaciones del Noveno Circuito, una corte que está
apenas un nivel debajo de la Corte Suprema.
En un fallo histórico
en julio del 2000, la Corte del Noveno Circuito dictaminó
unánimemente que la policía no puede brindar
servicios de inferior calidad a los grupos desfavorecidos
y que la demanda de la familia Macías contra el alguacil
podía proceder de nuevo en el distrito federal. Así,
el dictamen de la Corte del Noveno Circuito ha creado una
piedra angular constitucional sobre el derecho de las mujeres
a la protección igualitaria por parte de las fuerzas
de seguridad. La decisión en el caso Macías
es ahora ley en los 11 estados occidentales del noveno circuito
judicial.
El caso Macías,
sin embargo, no revirtió el caso DeShaney y, por
lo tanto, no estableció el derecho al debido proceso
en lo relativo a protección policial. Tampoco establece
el derecho a protección igualitaria a nivel nacional.
Lo que sí consiguió el caso Macías
fue establecer el derecho de las mujeres a la protección
igualitaria en los 11 estados occidentales del noveno circuito
judicial. Pero esta decisión está lejos de
establecer el marco necesario de límites legales
a la discrecionalidad policial y de prosecución que
son tan esenciales para asegurar los derechos de las mujeres
a la protección y la justicia en el sistema de justicia
criminal. (Más detalles sobre el dictamen del caso
Macías se encuentran en www.justicewomen.com/macias_case_index_sp.html.)
La increíble
tragedia de todo esto es que, hasta donde sabemos, no existen
organizaciones de mujeres y ninguna organización
de derechos civiles o de derechos humanos, como tampoco
un grupo por la justicia social en ningún lugar del
país, que estén trabajando por el establecimiento
de estos vitales límites legales a la discrecionalidad
de la policía y los fiscales para ignorar la violencia
contra las mujeres cada vez que éstos optan por ignorarla.
La razón por la que afirmo esto con tal certeza es
que durante los seis años en que Tanya Brannan y
yo hemos estado investigando y abogando en el caso Macías,
hemos buscado justamente ese tipo de ayuda en todo el país.
No había entonces y, hasta donde sé, no existe
hoy ni una sola organización que esté trabajando
por establecer el derecho legal de las mujeres a una respuesta
apropiada de las fuerzas de seguridad a la violencia contra
las mujeres.
En el último
siglo, las mujeres han librado y ganado grandes batallas
para establecer su derecho igualitario a la educación,
al sufragio, al empleo, a la propiedad. Si hemos de poner
fin al libre imperio de la violencia contra las mujeres,
es crucial -y debemos hacerlo- emprender una lucha concertada
y efectiva para establecer nuestros derechos igualitarios
a la justicia y la protección por parte de las fuerzas
de seguridad. Lo es también establecer un remedio
legal para las mujeres cuando las fuerzas de seguridad les
niegan estos derechos.
Ninguna persona
puede estar segura cuando la protección de esos derechos
es dejada a los caprichos arbitrarios y la discrecionalidad
de quienes están en el poder.
2.
El segundo obstáculo -el sexismo y racismo persistentes
en el sistema de justicia criminal- sirve para aumentar
los problemas creados por los poderes discrecionales de
ese sistema.
Al hecho de que
el sistema de justicia criminal no tiene que manejar la
violencia contra las mujeres se suma la abrumadora realidad
de que, por lo general, el sistema no quiere manejarla.
La violación, la violencia doméstica y el
abuso infantil son los crímenes menos favoritos que
las fuerzas de seguridad desean atender.
Los poderes discrecionales
de los oficiales de la justicia criminal otorgan a las fuerzas
de seguridad el derecho a ignorar cualquier crimen, en cualquier
momento, con toda impunidad. Podrías pensar: "Un
día ignoran un crimen relacionado con drogas, al
día siguiente será el secuestro de un ejecutivo
y el próximo día ignoran la violencia doméstica.
Entonces, todo está parejo, ¿no?"
¡Falso!
Esto sólo sería cierto, por supuesto, en un
sistema parejo y no prejuiciado. Pero el sistema de justicia
criminal es cualquier cosa menos parejo y libre de prejuicios
al aplicar y denegar sus poderes.
De hecho, el
sistema de justicia criminal queda muy rezagado detrás
de otras instituciones sociales en corregir sus profundos
prejuicios sexistas y racistas. Los inmensos poderes estatales
otorgados a la policía y a los fiscales permanecen
concentrados de manera abrumadora en manos de hombres blancos,
en estructuras institucionales que fomentan actitudes y
prácticas patriarcales.
En el 2003, las
agencias de policía a nivel nacional ni siquiera
han alcanzado la marca del 15 por ciento de oficiales mujeres.
Más aún, en el promedio nacional las mujeres
ocupan sólo el 4 por ciento de los puestos de mando
en la policía. Lo más desalentador es que
aun este insultante bajo nivel de progreso no se logró
sino hasta que las agencias de policía, prácticamente
una por una, fueron obligadas a contratar a las mujeres
a través de demandas judiciales y decretos de consentimiento.
Y una vez que ellas ya están adentro, como lo revela
un estudio tras otro, las tasas de acoso sexual y discriminación
contra las oficiales son el doble de las que existen en
otras ocupaciones. Claramente, los hombres de las fuerzas
de seguridad ni siquiera han aprendido todavía a
trabajar con mujeres; mucho menos han evolucionado al punto
de asumir su responsabilidad de actuar a favor de ellas.
El patético
bajo porcentaje de mujeres a quienes se les ha permitido
ingresar a la profesión policial es sólo un
indicador del sexismo persistente detrás de la gruesa
línea azul. Otro indicador es la atemorizante y elevada
tolerancia de las fuerzas de seguridad hacia los violadores
y golpeadores dentro de sus propias filas, una característica
que comparten con el ejército. Al momento de escribir
esto, en la primavera del 2003, en las noticias hay tres
casos que ilustran cuán sistemática es la
tolerancia del sistema de justicia criminal hacia los violadores
y golpeadores en su propio ámbito, así como
un escándalo emergente en el ejército.
* Como parte
de una demanda judicial se han descubierto documentos
internos de la policía del estado de Pennsylvania
que revelan la existencia de más de 118 acusaciones
de mala conducta sexual contra agentes estatales de la
guardia civil desde 1995. Los hallazgos indican que esas
acusaciones fueron ignoradas por la agencia y, peor aún,
que estos casos de mala conducta de los agentes, que involucran
desde violaciones hasta la descarga de pornografía
en Internet en horario de trabajo, han sido prácticamente
alentados por el personal de mando de la policía
del estado de Pennsylvania.
* El 26 de
abril del 2003, David Brame, jefe del Departamento de
Policía de Tacoma, le disparó a su esposa,
asesinándola enfrente de los dos pequeños
hijos de la pareja. Historias noticiosas de seguimiento
hasta la fecha han revelado que en 1981, como recluta,
Brame reprobó la prueba psicológica de admisión
(según ésta, era demasiado antisocial),
pero aun así fue contratado. Algunos años
después, Brame fue acusado de violación
por una mujer con quien tuvo una cita. El detective le
creyó a la víctima, pero la carrera de Brame
avanzó de todos modos. Y en los días previos
a que Brame asesinara a su esposa, cuando ella presentó
a la policía quejas formales sobre la violencia
de su marido, fue amenazada e intimidada por otros oficiales
de mando.
Recordemos, además,
que fue el Departamento de Policía de Tacoma, bajo
el mando de Brame, el que fue incapaz de arrestar al francotirador
John Muhammad, de Washington DC, por crímenes de
violencia doméstica en los que existían más
que suficientes evidencias para capturarlo.
* Bob Mullally,
un investigador en una demanda civil contra el Departamento
de Policía de Los Ángeles, recién
está empezando a cumplir una sentencia en prisión
por haber filtrado documentos internos de la policía
a la prensa, violando así una orden de la corte
que mandaba mantener sellada esa documentación.
Los documentos revelaron que, entre 1990 y 1993, de los
más de 70 agentes de policía de Los Ángeles
que habían sido investigados por violaciones, violencia
doméstica y abuso infantil, ni uno solo había
sido procesado judicialmente. Mullally sintió que
habría sido inaceptable ocultarle esta información
al público. A diferencia de los agentes que nunca
fueron castigados por la violación violenta de
mujeres, Mullally ha sido enviado a la cárcel por
violar una orden de la corte que protegía la privacidad
de los policías.
* En un reciente
escándalo que involucra violaciones sexuales impunes
contra mujeres cadetes en la Academia de la Fuerza Aérea,
se ha descubierto que en lugar de investigar y castigar
a los violadores, los investigadores arremetieron contra
las víctimas, investigándolas por infracciones
menores y, de una u otra forma, logrando que ellas se
retiraran de la Academia.
Éstas
son sólo cuatro de las noticias que están
actualmente en los medios de comunicación y son parte
de una serie constante de historias parecidas que muestran
la amplia tolerancia hacia los perpetradores de violencia
contra las mujeres en las filas de la justicia criminal
y del ejército.
En dos estudios
de múltiples agencias policiales realizados en los
años noventa se descubrió que los agentes
de policía perpetran al menos el doble de la tasa
de violencia intrafamiliar que se observa en la población
en general. En ambos estudios, el 40 por ciento de los agentes
reportó que había utilizado la violencia contra
algún miembro de su familia en el año previo.
Este único hecho, por sí mismo, significa
que cuando una mujer llama a la policía para pedir
protección contra un golpeador, existe un 40 por
ciento de probabilidad de que será un golpeador quien
responda a su llamado.
No se trata sólo
de que el sexismo y racismo estén institucionalizados
en la cultura de las fuerzas de seguridad, sino que algunas
características adicionales relacionadas con esa
cultura dificultan extremadamente que cualquier persona,
ya sea adentro o afuera del sistema, consiga que éste
cambie. La estructura paramilitar; las rígidas y
prejuiciadas prioridades de reclutamiento y capacitación;
la persistente actitud hostil o cautelosa hacia alguien
de afuera; la ausencia de supervisión externa; los
estrictos códigos de silencio, secretos y encubrimientos;
la extrema insularidad de las fuerzas de seguridad; el tributo
a ideales masculinos exagerados, así como los inmensos
poderes de las fuerzas de seguridad para tomar represalias
y hacerle la vida un infierno a cualquiera a quien pongan
en su mira... todos estos factores hacen sumamente difícil
erradicar el racismo y sexismo que permean al sistema.
El sistema de
justicia criminal se resiste tan rígidamente a los
cambios que, más que la mayoría de las otras
instituciones sociales, sirve como un repositorio impenetrable
de virulento poder sexista y racista en nuestras sociedades.
Ello explica por qué, pese a décadas de esfuerzos
legislativos para poner fin a la violencia contra las mujeres,
tantos oficiales de la justicia criminal continúan
siendo hostiles a la idea de aplicar sus exclusivos poderes
a favor de las víctimas de violación y violencia
doméstica, especialmente a favor de las mujeres de
color.
Esta combinación
-de discrecionalidad de las fuerzas de seguridad para seleccionar
cuáles crímenes tomará seriamente y
cuáles otros va a ignorar y de su persistente sexismo
y racismo- resulta fatal para las mujeres víctimas
de violencia. La policía y los fiscales en todo el
país saben perfectamente bien que la Corte Suprema
ha protegido su discrecionalidad para no hacer nada si no
se les antoja hacerlo. Saben que no pueden ser responsabilizados
por ignorar evidencias, por no escribir reportes, por no
conducir entrevistas apropiadas, por rechazar casos para
prosecución.
Es por ello que
las décadas de presión pública y legislativa,
la proliferación de albergues, la dotación
de fondos para campañas de prevención, los
programas de consejería y los sistemas de apoyo para
las víctimas no han logrado ningún cambio
significativo en las cifras de golpizas, violaciones y homicidios
contra las mujeres. El impulso entero de todos estos esfuerzos
es detenido por los poderosos talones del sistema de justicia
criminal. Es imposible poner fin a la violencia contra las
mujeres si el sistema que tiene más poder -de hecho,
el sistema que tiene el poder exclusivo para detener esa
violencia- les niega esos poderes a las mujeres.
Sí, hay
policías y fiscales que han avanzado. Pero el sistema
en general no lo ha hecho. Éste ha respondido a la
presión pública creando un camuflaje de retórica,
de políticas y comités detrás de los
cuales puede esconder su permanente y sistemática
denegación de justicia a las mujeres.
Aquí conviene
repetir el argumento que planteamos en la sección
anterior. Hasta que establezcamos la obligación y
responsabilidad de las fuerzas de seguridad para proveer
justicia igualitaria a las mujeres, estaremos condenadas
a depender enteramente de los caprichos de dichas fuerzas
- permeadas, como lo están, de las peligrosas tendencias
racistas y sexistas a ignorar aun las violaciones más
violentas contra los derechos y la libertad de las mujeres
y a colaborar con los perpetradores.
Hasta que hagamos
eso, tú -la víctima o quien aboga por ella-
estás sola para exprimirle justicia, con cualquier
táctica callejera que se te ocurra, a este obcecado
sistema de justicia criminal.
3.
Quizás el panorama no sería tan deprimente
si no fuera por un tercer obstáculo - la ausencia
de cualquier control social efectivo sobre los oficiales
de la justicia criminal.
Ya es suficientemente
malo que la más alta autoridad legal de la nación
les brinde a las fuerzas de seguridad carta blanca para
dar la espalda cada vez que así lo desean. Pero encima
de ello, a diferencia de lo que ocurre con los poderes de
otros funcionarios públicos, prácticamente
no existe, por parte de la sociedad, ningún control
sobre la policía y los fiscales. Las sociedades en
todos lados apenas han empezado a preguntar "¿quién
controla a la policía?" Y en lo que atañe
a los poderes aún mayores que detentan los fiscales
de distrito, ni siquiera hemos comenzado a hacer esa pregunta.
Aun cuando una
comunidad desea -como es el caso de muchas- que sus fuerzas
de seguridad traten la violencia contra las mujeres con
toda seriedad, prácticamente no existe ningún
mecanismo institucional a través del cual la comunidad
pueda afirmar su voluntad o su control sobre el sistema
de justicia criminal, ya sea en casos individuales o en
el manejo general de los casos. Como ya hemos visto, la
legislación no funciona porque la implementación
de las leyes depende de la discrecionalidad de la policía
y de los fiscales. Y los oficiales de la justicia criminal
no pueden ser legalmente responsables por ignorar las leyes
o ser incapaces de aplicarlas.
Las comunidades
también han intentado afirmar su voluntad por medio
de la creación de comités, políticas
y fuerzas de tarea sobre la violencia contra las mujeres.
Sin embargo, también todo esto no pasa de ser, si
mucho, un mero deseo. No tienen poderes oficiales. Y, tristemente,
con demasiada frecuencia la mayoría de estos cuerpos
se forma para llevar al público a creer que el asunto
está siendo tratado con seriedad, para desalentar
el disenso y emitir una serie de recomendaciones que nunca
serán llevadas a cabo.
En aquellos casos
en que los oficiales de la justicia criminal se extralimitan
en el ejercicio de sus poderes -por ejemplo, usando fuerza
excesiva contra un sospechoso, presentando más cargos
en un caso de lo que las evidencias ameritan, o plantando
evidencias falsas-, por lo menos hay abogados defensores
que tienen sus propios poderes oficiales y brindan algún
nivel de protección a los derechos del acusado contra
el poder estatal. Pero cuando los oficiales del sistema
de justicia criminal deniegan sus poderes, no existe control
sobre la denegación de justicia. Y no hay un solo
lugar, ninguna institución independiente, adonde
se pueda llevar esa queja para que sea justamente investigada,
juzgada y remediada.
La policía
se afana en lograr que el público confíe en
que su Departamento de Asuntos Internos investigará
la mala conducta de los agentes. Pero poca gente del público
se deja engañar por la idea de que la policía
supervisándose a sí misma es más confiable
que cualquier otra institución que se supervise a
sí misma. Por otra parte, hay una historia larga,
horrorosa y consistente de investigaciones de asuntos internos
policiales que son más un mecanismo para empaquetar
los encubrimientos de la policía que para proteger
al público contra los abusos de ésta. Cada
vez más se reconoce que en la sociedad en su conjunto
existe la necesidad de mecanismos independientes que investiguen
y controlen a la policía.
En las últimas
dos décadas, una creciente cantidad de comunidades
en todo el país ha empezado a establecer juntas para
revisión de la policía ante las cuales ciudadanas
y ciudadanos pueden, en teoría, presentar sus quejas
sobre mala conducta policial. Sin embargo, hasta la fecha
sólo algunas de estas juntas han sido investidas
con suficiente independencia y los poderes de citación
y disciplinarios que se requieren para hacer una diferencia.
Tampoco conocemos de ninguna comunidad que haya establecido
juntas para revisión que ejerzan poder sobre los
más amplios poderes discrecionales de los fiscales
de distrito. Y, hasta donde sabemos, ninguna de estas juntas
ha mostrado interés en asumir la cuestión
de la denegación de poder de las fuerzas de seguridad
como un área crucial de mala conducta. Al igual que
la mayoría de quienes vigilan a la policía,
estas juntas apenas han limitado su enfoque a la extralimitación
de poderes por parte de la policía.
Grupos comunitarios
de derechos civiles que algunas veces intentan servir como
vigilantes de los abusos de la justicia criminal también
han sido completamente negligentes en pronunciarse contra
los sistemáticos abusos de las fuerzas de seguridad
hacia las mujeres. Conviene repetir un punto que planteamos
antes. Pese a la gravedad de los daños e injusticias
cometidos contra las mujeres cuando la policía y
los fiscales les niegan sus poderes, no podemos pensar en
una sola organización de derechos civiles o por la
justicia social en los Estados unidos que esté trabajando
para corregir este mal en particular. Las organizaciones
de derechos civiles y por la justicia social han fallado
aun en reconocer la opresión que tiene lugar cuando
las fuerzas de seguridad sistemáticamente deniegan
protección y acceso a la justicia. Esta miopía
de las organizaciones de derechos civiles probablemente
se deba a sexismo, ya que los hombres conforman la mayoría
de las víctimas de policías y fiscales que
se extralimitan en sus poderes, en tanto las mujeres, las
niñas y los niños son las principales víctimas
de policías y fiscales que les deniegan sus poderes.
Pero las consecuencias para mujeres son igualmente opresivas.
Algunos podrían
señalar que la elección de fiscales de distrito,
alguaciles y jefes de policía constituye un mecanismo
social viable por medio del cual el público puede
controlar a los oficiales de la justicia criminal. Y, ciertamente,
tales elecciones son mejor que nada. El problema es que,
a diferencia de las relaciones más interactivas entre
el público y las ramas legislativa y ejecutiva del
gobierno, existe muy poco involucramiento de la sociedad
en el funcionamiento cotidiano del sistema de justicia criminal.
Así, cuando llega el día de las elecciones,
el público no puede elegir de una manera realmente
informada a los oficiales de la justicia. A pesar de que
los oficiales de la justicia criminal ejercen más
poder sin control y no diluido que otros funcionarios electos,
muchas personas ni siquiera conocen el nombre de los candidatos
a fiscal de distrito. En su mayoría, las elecciones
de los oficiales de la justicia criminal son elecciones
"de caja negra" que giran en torno a la impresión
fugaz que el público tiene de uno o dos casos de
alto perfil. Basta cualquier intento por incorporar más
complejidades en las campañas para que los ojos del
público queden en blanco.
Otros apuntarían
a los concejos municipales como un control sobre las fuerzas
de seguridad, y en ciertas ocasiones, con una mezcla acertada
de miembros de un concejo municipal, pueden serlo. Sin embargo,
existe una historia larga, triste e innegable que demuestra
que los concejos municipales tienen un profundo interés
en encubrir a su policía. La única vez que
este vínculo se rompe y los concejos municipales
presionan a su policía a realizar cambios es cuando
las municipalidades tienen que emitir cheques por elevadas
sumas de dinero a las víctimas de abusos policiales.
Y esto, por supuesto, no ocurre con las víctimas
de violación y violencia doméstica, pues cuando
la policía ignora a las víctimas de estos
crímenes, ellas no tienen un medio general y legal
para responsabilizarla.
En este momento,
prácticamente el único recurso del que las
víctimas pueden echar mano para buscar un remedio
cuando sufren abusos por parte del sistema de justicia criminal
eres tú, la defensora o el defensor de víctimas.
Como tal, no tienes poderes oficiales en el sistema de justicia
criminal. Pero con tus conocimientos y convicciones, además
de un paquete de herramientas de estrategias de defensoría
que describiremos más adelante, puedes mejorar drásticamente
la respuesta de la justicia criminal a favor de tus clientas.
El problema es que existe otro obstáculo que te afecta
directamente a ti, la defensora o el defensor de víctimas.
4.
El sistema de justicia criminal ha establecido controles cada
vez más rígidos sobre el financiamiento y funcionamiento
de los centros de atención a la crisis por violación
y violencia doméstica y, por lo tanto, sobre ti, la
defensora o el defensor de víctimas. A lo largo de
los Estados Unidos, este control del sistema de justicia criminal
sobre las(os) defensoras(es) ha tenido éxito en acorralar
a los centros de atención a las crisis en un estrecho
rol de pasivos proveedores de servicios, a la vez de aplastar
el papel de dichos centros como defensores y agentes de cambios
sociales.
En síntesis,
el actual movimiento contra la violencia hacia las mujeres
ha quedado cada vez más arraigado dentro del sistema
de justicia criminal. Esto les crea a las(os) defensoras(es)
un conflicto de intereses profundo y altamente desprovisto
de ética, así como un peligroso vacío
de defensa para las víctimas. En la actualidad, la
mayoría de defensoras(es) en los Estados Unidos no
puede actuar en forma independiente a favor de sus clientas
en el sistema de justicia criminal, justamente en el punto
en que más se necesita una vigorosa defensa para
las víctimas.
Ya es suficientemente
malo que las(os) defensoras(es) de víctimas de violación
y violencia doméstica no tengan poderes oficiales
para abogar en un sistema que posee más poder libre
que cualquier otra entidad gubernamental. Al menos en los
primeros años del movimiento contra la violencia
hacia las mujeres, las(os) defensoras(es) eran agentes independientes.
Sin embargo, en los últimos 10 años los oficiales
de la justicia criminal astutamente han adquirido un poder
cada vez mayor sobre estas personas y su trabajo.
Actualmente,
más financiamiento crítico para centros que
atienden casos de violencia doméstica y violación
fluye desde el gobierno federal y es administrado ya sea
por una oficina estatal de justicia criminal o por el Departamento
de Salud del estado. A fin de renovar estos fondos cada
año, muchos estados (incluida California) requieren
que los centros para víctimas obtengan las firmas
de los jefes de las fuerzas de seguridad locales. Ello da
a los oficiales de las fuerzas de seguridad un poder de
veto directo sobre los principales financiamientos de los
centros para defensa de víctimas. Y seas consciente
de ello o no, las fuerzas de seguridad están utilizando
este poder sobre ti de una u otra forma.
En California,
por ejemplo, la Oficina Estatal para Planificación
de la Justicia Criminal (OCJP) administra los fondos destinados
a la violencia contra las mujeres. Y cada año, como
condición para renovar los financiamientos, la OCJP
requiere que todos los centros de atención a la violación
y la violencia doméstica en el estado obtengan las
firmas de cada jefe de policía local del área
donde se encuentran los centros, así como la firma
del fiscal de distrito y la de cualquier otro oficial de
las fuerzas de seguridad. Naturalmente, si los oficiales
de las fuerzas de seguridad sienten que las(os) defensoras(es)
de víctimas los están presionando demasiado
a que manejen la violencia contra las mujeres con mayor
seriedad, todo lo que tienen que hacer es simplemente rehusarse
a firmar la solicitud de fondos anual, o amenazar con negarse
a firmarla.
Ésta no
es una amenaza vana o teórica. En los Estados Unidos
existen muchos casos en los cuales las fuerzas de seguridad
de hecho se han rehusado a firmar las solicitudes de fondos
de los centros de crisis a fin de castigarlos por su vigorosa
defensoría. Sin embargo, lo que es mucho más
común, y en muchas formas más insidioso, es
el "toque silencioso". Esto se lleva a cabo en
un par de maneras. Los oficiales de las fuerzas de seguridad
podrían acercarse a las o los directores y las juntas
directivas de las agencias para presentar sus protestas
acerca de ciertas(os) defensoras(es). Las(os) directoras(es),
sabiendo que necesitan la firma del oficial, simplemente
dominan a la defensora o defensor, le despiden y/o escriben
políticas entre las normas de la agencia que prohíben
a las(os) defensora(es) confrontar a las fuerzas de seguridad.
Tales represiones y despidos de las(os) más fuertes
defensoras(es) de las mujeres y las cada vez más
restrictivas políticas internas de "niña
buena" se han vuelto muy comunes en los centros de
atención a la crisis por violación y violencia
doméstica en todo el país. En estos días,
para empezar, ni siquiera se contrata a una feminista beligerante.
El predominio
de la consejería, los servicios sociales y de acompañamiento
ha tenido éxito sobre la defensa vigorosa y los cambios
sociales. Se han abandonado los análisis, activismos
y estrategias feministas. La defensoría ha sido reducida
a prestación de servicios. El cambio social se ha
convertido en trabajo social. Y pobre de la víctima
que crea que tiene a su lado una buena defensora o defensor
que sea libre y esté dispuesta(o) a pelear por sus
derechos.
El solo hecho
de depender de las firmas de las fuerzas de seguridad para
obtener los fondos coloca a los centros de atención
a la violación y la violencia doméstica en
un profundo conflicto de intereses, para enorme perjuicio
de sus clientas. Es un conflicto de intereses que sólo
ha empeorado mientras que los fondos federales destinados
a la atención de la violencia contra las mujeres
se han incrementado.
A pesar de lo perjudicial que ha sido este poder de veto,
existe un desarrollo todavía más demoledor
que ha estado proliferando en los últimos 10 años.
Los centros de atención a la crisis por violación
y violencia doméstica en todo el país cada
vez más están suscribiendo contratos altamente
estipulados en conjunto con las fuerzas de seguridad. Ahora,
muchas(os) defensoras(es) van a trabajar y tienen sus oficinas
en el Departamento de Policía o en la Oficina del
Fiscal de Distrito con las que su agencia ha suscrito el
contrato. Su inserción física y financiera
en las fuerzas de seguridad es cada vez mayor. El hecho
de que sus cheques sean firmados por el centro de crisis
está vaciado de independencia, toda vez que el flujo
del fondos para cubrir las planillas está fuertemente
atado a los términos de los contratos con las fuerzas
de seguridad.
La proliferación
de contratos entre las fuerzas de seguridad y los grupos
de defensa de las mujeres, para cualquier intención
y propósito, ha marcado el fin de una defensoría
honesta y efectiva. Las(os) defensoras(es) ya no pueden
enfrentarse a las fuerzas de seguridad en defensa de la
víctima sin correr el riesgo de perder su empleo.
Y en los últimos
10 años esto ha empeorado aún más.
Muchas agencias de policía y oficinas del fiscal
de distrito en todo el país han establecido ahora
sus propias unidades de servicios para víctimas,
dejando enteramente afuera a los centros de mujeres. En
numerosas jurisdicciones, el control de las fuerzas de seguridad
sobre el movimiento contra la violencia hacia las mujeres
es completo. En estas jurisdicciones, a las víctimas
de violación y violencia doméstica se les
está diciendo que tienen defensoras(es), pero lo
que en realidad se está haciendo es poner sus vidas
en manos de peones del patriarcado.
No debería
ser una sorpresa que esto haya ocurrido. Es congruente con
todo lo que la humanidad ha sabido sobre el ejercicio del
poder a lo largo del tiempo. El sistema de justicia criminal
rebasa tanto, en poder y dinero, al movimiento contra la
violencia hacia las mujeres que, naturalmente, el sistema
utiliza este poder y dinero para impedir que las feministas
le obliguen a hacer aquello que no quiere hacer. La estructura
de poder dominada por hombres, en la que las fuerzas de
seguridad son las más potentes y enquistadas, siempre
ha utilizado y seguirá usando su injusta cuota de
poder y recursos financieros para reprimir a cualquier movimiento
que amenace con ponerle controles a su uso de éstos.
Lo que resulta
tan desalentador es el grado al cual las mujeres han caminado
ciegamente hacia esa trampa. Una de las tareas más
urgentes en la lista de cosas por hacer para poner fin a
la violencia contra las mujeres es la necesidad de que las(os)
defensoras(es) de las mujeres reestablezcan su independencia
de las instituciones donde más necesitamos luchar
por los derechos de las mujeres. De hecho, tal como está
la situación, es altamente carente de ética
decirle a una víctima que tú eres su defensora
en el proceso de justicia criminal cuando el sistema de
justicia criminal controla de alguna manera el cheque de
tu salario, tu espacio de oficina o las políticas
del lugar donde trabajas.
Imagina si tú
fueras una víctima de violencia que está siendo
ignorada por la policía. ¿Cómo te sentirías
si descubrieras que la misma defensora en quien confiaste
para que te ayudara está trabajando para los policías?
El incrementado
control de las fuerzas de seguridad sobre los centros de
atención a la violación y la violencia doméstica
ha impedido una efectiva defensa de las víctimas
en una serie de formas. A continuación, algunos de
los efectos que han tenido lugar en la última década.
La represión
de la defensoría: "Dejamos que la policía
haga su trabajo, y nosotras hacemos el nuestro" es
el triste refrán que escuchamos de los labios de
demasiadas defensoras de víctimas que se han tragado
este anzuelo represivo. "Queremos cooperar con las
fuerzas de seguridad, no pelear con éstas" es
otra versión del refrán. De hecho, esa cooperación
es admirable cuando la víctima está recibiendo
un trato apropiado. Pero cuando se le están negando
sus derechos a la protección y justicia igualitarias,
"cooperar con las fuerzas de seguridad" es una
traición a la víctima. Es servir a un peón
del patriarcado justo en el punto en el que el patriarcado
perpetúa más poderosamente la violencia contra
las mujeres.
El fiscal asevera
que no existen suficientes evidencias para perseguir el
caso. En lugar de evaluar la validez de tal declaración,
la defensora o defensor le informa a la víctima:
"Lo siento, pero no existen suficientes evidencias
para perseguir. No es culpa suya. Permítame ayudarla
con un plan de seguridad. ¿Ha pensado en abandonar
la ciudad?" Una defensora que nos consultó sobre
cómo ayudar a una víctima que había
sido muy mal tratada por la policía, lo dijo muy
claramente. Cuando le sugerimos que podría considerar
llevar este caso particular a la prensa, respondió
sin pestañear: "No, yo nunca podría hacer
eso. Tengo que recordar para quién trabajo".
Sostener la mano
de una mujer mientras el sistema la está dañando
es la antítesis de la defensoría. El patriarcado
y todos sus violentos perpetradores y reforzadores no podrían
estar más felices cuando ven que las(os) defensoras(es)
de las mujeres se reducen a las tareas de aconsejar, sostener
las manos de las víctimas y brindar servicios sociales.
Es trágico que las mujeres que alguna vez pelearon
fervientemente por el derechos de las mujeres a la justicia
ahora se dediquen obedientemente a barrer los despojos que
quedan tras el paso del patriarcado.
Esto no conducirá
a que las mujeres se liberen de la violencia. De hecho,
esta erosión de la defensoría, hasta que se
convierte en una relación de enfermera(o)/médica(o)
con las fuerzas de seguridad, lleva muy frecuentemente al
asesinato de mujeres. En el curso de investigar el trayecto
que conduce a los homicidios por violencia doméstica
en nuestro condado y en otros aledaños, a menudo
hemos expuesto las fallas de las fuerzas de seguridad que
pavimentaron el camino que culminó con el asesinato
de mujeres. Pero no fueron sólo las fallas de las
fuerzas de seguridad lo que descubrimos que condujo a tales
homicidios. En muchos de estos casos, las mujeres asesinadas
habían tenido defensoras(es).
Las mujeres asesinadas
tenían defensoras(es) que estaban presentes cuando
el sistema de justicia criminal les denegaba la protección
y justicia que tan desesperadamente necesitaban para salvar
sus vidas. Y aunque nuestras investigaciones revelaron que
las(os) defensoras(es) se habían desempeñado
de manera admirable como trabajadoras(es) sociales -ayudando
a las mujeres a llenar las órdenes de restricción,
encontrando una vivienda para ellas, consiguiéndoles
consejería y brindando otros servicios sociales-,
descubrimos que no habían hecho absolutamente NADA
para confrontar o corregir las obvias fallas en la forma
en que el sistema de justicia criminal manejaba los casos
de las víctimas. Estas(os) defensoras(es) también
tienen responsabilidad.
En una sección
anterior relatamos cómo la policía de Filadelfia
estaba desechando más de 400 casos de violación
cada año a finales de los noventa, al archivarlos
bajo un código de más baja prioridad. La pregunta
debe ser planteada: ¿Cómo habría sido
posible que esto ocurriera durante tantos años si
las(os) defensoras(es) hubieran llevado a cabo aun la más
mínima supervisión del manejo de los casos
de violación por parte de las fuerzas de seguridad?
Sin duda alguna, las(os) defensoras(es) de Filadelfia deben
haber visto un flujo constante de víctimas de violación
que se quejaban por el mal manejo que la policía
hacía de sus casos. ¿Qué sucedió?
¿Abandonaron a estas víctimas en el altar
de las niñas buenas donde se les dice 'Dejamos que
la policía haga su trabajo, y nosotras hacemos el
nuestro'?
Una similar abdicación
de la defensoría está teniendo lugar en casi
cada centro de atención a la violación y la
violencia doméstica en el país. La erosión
de la defensoría ha permeado tan profundamente a
los centros de atención a la violencia contra las
mujeres, que las más jóvenes que llegan a
trabajar en éstos tienen un escaso o nulo concepto
de lo que es la defensoría. A menudo responden a
esta crítica diciendo que, de hecho, hablan con la
policía o los fiscales sobre las quejas de las víctimas,
y quizás hasta llegan a hablar con el jefe del agente
involucrado. Pero una mera protesta verbal dista mucho del
tipo de legendario activismo y de la serie de estrategias
que deben utilizarse para ganar los derechos de las mujeres.
El lamentable hecho es que los centros de mujeres ya no
enseñan tales tácticas, y ciertamente no permiten
que éstas sean implementadas. Con raras excepciones,
ya no se trata de las vidas de las mujeres; es cuestión
de mantener fluyendo el dinero de los subsidios.
Burocratización:
Junto a la represión de la defensoría,
también el movimiento contra la violencia hacia las
mujeres se ha burocratizado cada vez más, sobre todo
en las áreas urbanas. Las víctimas raras veces
tienen ya una sola defensora o defensor que supervise todo
su caso. Esto es especialmente cierto en el ámbito
de la violencia doméstica. Una víctima puede
empezar con una defensora telefónica, luego pasar
a una defensora en el albergue, a otra más que trabaja
en las órdenes de restricción, a una defensora
policial, después a una de la Oficina del Fiscal
de Distrito o de la corte, a otra defensora de asistencia
a víctimas y varias más.
Esta fragmentación
de la defensoría destruye la posibilidad de una defensoría
centrada en la víctima y conduce a servicios que
orientan a la realización de tareas. Además
de ello, las víctimas terminan sintiéndose
completamente confundidas acerca de quién es quién
en el caso - y, por lo mismo, igual terminan también
las(os) defensoras(es). Lo que esta burocratización
sí logra es un mayor control del sistema sobre las
víctimas y sus defensoras(es), así como más
certeza de que el sistema podrá continuar disponiendo
de estos casos como se le antoje, sin molestas quejas de
parte de las mujeres.
Análisis
retardatarios, no amenazantes: Nunca como en el presente
ha habido tantos estudios, análisis, fuerzas de tarea,
comités, equipos para revisión de muertes,
discusiones y recomendaciones relacionados a la violencia
contra las mujeres. Esta avalancha de atención, por
sí misma, ha hecho mucho para marear al público
de modo que crea que la violación y la violencia
doméstica están siendo tratadas en forma adecuada.
Y con escasas excepciones, marear al público -no
detener la violencia contra las mujeres- es a menudo su
intención primordial. Pocas personas cuestionan cuánta
de esta frenética actividad va dirigida a realmente
erradicar la violencia contra las mujeres y cuánta
es sólo un espectáculo para encandilar al
ojo, acallar la rebelión y conseguir más fondos.
Veamos más
de cerca todos estos estudios, teorías y comités.
Prácticamente todos éstos, como si se tratara
de la plaga, evaden trabajar desde un análisis basado
en género y feminista. Esto no necesariamente significa
que no estén abordando verdades acerca de la violencia
contra las mujeres. Pero esas verdades a menudo son tan
periféricas a las dinámicas centrales de dicha
violencia que resultan irrelevantes para ponerle fin. Al
ignorar activamente la discusión, la investigación
y un enfoque en el sexismo que impulsa a la violencia contra
las mujeres, estamos evadiendo un análisis que conduciría
a arrancar de raíz la causa fundamental de ésta.
Supongamos -como
ocurre con la violencia doméstica- que quienes decían
querer detener los linchamientos de personas negras hubieran
llevado a cabo un estudio tras otro de las diferencias entre
los blancos que linchaban y los blancos que no lo hacían.
Y supongamos -como lo hacen las(os) investigadoras(es) de
la violencia doméstica- que hubieran centrado su
examen en las variables emocionales, el consumo de alcohol
o los antecedentes familiares. Es muy probable que estos
estudios habrían revelado que, de hecho, los blancos
que linchaban tenían más problemas emocionales,
bebían más alcohol y tenían historias
familiares más traumáticas que los blancos
que no linchaban. Hasta se podría haber hecho estudios
que habrían resaltado casos que mostraban que "la
gente negra también lincha" porque, en realidad,
gente negra también ocasionalmente linchó
a gente blanca.
De hecho, se
podría haber realizado ese tipo de estudios hasta
el cansancio, así como se está llevando a
cabo una montaña de estudios sobre la violencia contra
las mujeres. No sólo eso: es muy probable que los
hallazgos habrían sido ciertos. El problema, por
supuesto, es que hasta cierto grado también habrían
resultado ser irrelevantes, un gran señuelo para
desviar al ojo de manera que no mirara de frente el racismo
social que impulsaba los linchamientos ni el racismo institucionalizado
que alentaba a las fuerzas de seguridad sureñas a
cruzarse de brazos y ver hacia otro lado.
Un viejo chiste
cuenta que una persona está buscando las llaves de
su auto en el patio delantero de la casa. Una vecina le
pregunta: "¿Dónde perdiste tus llaves?",
a lo que la otra responde: "En el patio trasero".
La vecina inquiere lo obvio, "Si las perdiste ahí,
entonces ¿por qué las buscas en el patio delantero?"
Y la primera contesta: "Porque hay más luz aquí
adelante". Reemplacemos luz con dinero, y debería
quedar claro por qué la investigación sobre
la violencia doméstica está mirando en cualquier
lugar, menos en el sexismo, para describir las dinámicas
de la violencia contra las mujeres.
5.
Invisibilidad del deficiente manejo de la violencia contra
las mujeres por parte de las fuerzas de seguridad - invisible
aun para los supervisores directos de los oficiales.
La denegación
de protección y justicia a las mujeres por parte
de las fuerzas de seguridad es tan invisible que, a menos
que se le busque específicamente a través
de minuciosas entrevistas a las víctimas y una cuidadosa
revisión de documentos, es probable que ni siquiera
el supervisor directo de un agente pueda detectarla. El
manejo inadecuado que los agentes hacen de la violencia
contra las mujeres a menudo es invisible al público,
a una defensora o defensor que carece de capacitación,
a la víctima misma y, de manera más perturbadora,
invisible también aun para el supervisor que lee
el reporte del agente.
Esta invisibilidad
se deriva de una serie de factores. Para empezar, es resultado
de un simple hecho: la inacción es intrínsecamente
invisible. La inacción no deja huellas. Y una forma
de inacción u otra es la manera más común
en que las fuerzas de seguridad manejan inadecuadamente
la violencia contra las mujeres.
Además
de ello, aun en aquellas ocasiones en que las víctimas
son capaces de reconocer que sus casos están siendo
mal manejados, ellas raras veces protestan por sí
mismas pues es usual que sientan que su seguridad ha sido
severamente comprometida debido a la inadecuada respuesta
de las fuerzas de seguridad. En lugar de protestar, las
víctimas suelen retirarse por completo del caso criminal.
La invisibilidad
también se deriva de camuflajes y omisiones cada
vez más sofisticados que el sistema utiliza para
ocultar sus inacciones. Además, es exacerbada por
la creciente renuencia de las(os) defensoras(es) a confrontar
al sistema o siquiera a vigilar el caso de justicia criminal.
Supongamos que
el reporte de un agente deja fuera el hecho de que el sospechoso
amenazó a la víctima con ponerle una bala
entre los ojos y desechar su cuerpo donde nadie pueda encontrarlo.
El supervisor del agente no tendría forma de saber
que a) se profirió una amenaza, b) el oficial nunca
se molestó en preguntarle a la víctima acerca
de amenazas, o c) la víctima sí le mencionó
la amenaza al oficial pero éste no se molestó
en anotarla. La inacción es inherentemente invisible.
Si el reporte
del agente no documenta las lastimaduras ni anota la existencia
de testigos, si no toma una declaración completa
de la víctima ni incluye una anotación sobre
el cable cortado del teléfono, si no refleja ninguno
de los pasos fundamentales de una investigación sobre
violencia doméstica, por muy grandes que sean todas
estas violaciones a los derechos de las mujeres por parte
de un oficial, serían invisibles aun para su supervisor.
Aun cuando el
supervisor inmediato de un agente tome con seriedad los
crímenes de violencia contra las mujeres y lea minuciosamente
los reportes para cerciorarse de que los agentes bajo su
mando están actuando en forma apropiada, el mal manejo
que éstos hacen de la violencia doméstica
y la violación es a menudo imposible de detectar
a menos que el supervisor mismo hable directamente con la
víctima. O a menos que tú, la defensora o
defensor, hagas lo mismo y lleves ese manejo inapropiado
ante la atención del supervisor.
El siguiente
es un ejemplo de caso, seleccionado de nuestra actual
cartera de casos, que muestra cuán invisible puede
aun la más descarada mala conducta de un oficial
ser para sus propios supervisores. De hecho, el caso brinda
tres diferentes ejemplos de tres distintos agentes involucrados
en éste.
Una madre llama
a la línea 911 rogándole a la policía
que por favor se dé prisa porque su esposo está
golpeando "muy feo" a su hija. La joven, de 13
años de edad, tiene moretes a lo largo de los brazos
y en la espalda, un labio cortado e hinchado y un diente
fracturado. Ella y su madre les muestran todas estas lastimaduras
al agente.
La joven había
estado jugando ajedrez en su dormitorio con un amigo de
19 años. Le dijo al agente que cuando su padre entró
en la habitación, furioso porque ahí había
un hombre, empezó a darle puñetazos a ella
por todo el cuarto y también a golpear a su amigo,
quien le corroboró esa versión al policía.
La joven también le informó a éste
que su madre le había dado permiso para jugar ajedrez
con su amigo en el dormitorio, lo cual la madre le confirmó
al agente.
El padre, sin
embargo, le dijo al policía que el amigo de su hija
estaba bajo libertad condicional por violación de
una menor. Esto era falso y algo que el agente pudo haber
confirmado con facilidad. Y aun cuando hubiera sido cierto,
no habría justificado lo que luego hizo el agente,
quien riendo y bromeando con el padre le dijo: "Si
hubiera sido mi hija, yo habría hecho lo mismo".
Cuando el policía
escribió el reporte, no había en éste
ni una sola palabra sobre las lastimaduras de la joven.
Y únicamente en una frase decía que el padre
la había "abofeteado". De hecho, el reporte
no tenía nada que ver con el padre. El agente escribió
el reporte como uno de violación de la libertad condicional
contra el amigo de la joven. Este policía fue más
allá de la mala conducta al escribir un informe policial
falso.
Sin embargo,
el supervisor de este agente, sin importar cuán minucioso
fuera, no habría tenido forma de ser alertado sobre
el crimen del policía con sólo revisar el
reporte. Cuando mucho, habría notado que, de hecho,
el sospechoso no se encontraba bajo libertad condicional
y habría atribuido todo el asunto a un padre desinformado
acerca de la libertad condicional. Aun cuando el supervisor
hubiera revisado la grabación de la línea
911 o el reporte CAD, es probable que no habría detectado
la mala conducta del agente pues simplemente habría
asumido que la llamada de la madre tenía que ver
con que la niña estaba siendo "abofeteada",
tal como el policía había escrito en su reporte.
Queda claro que
cualquier Departamento de Policía u Oficina del Fiscal
de Distrito que no encuesta rutinariamente a las víctimas
y al mismo tiempo alega que toma con seriedad la violencia
contra las mujeres, se está involucrando en fantasías
e inventos extremos. Los departamentos de policía
y las oficinas del fiscal de distrito no tienen la más
vaga idea de cómo sus agentes están respondiendo
a la violación y la violencia doméstica -
a menos que cuenten con un sistema permanente de control
de calidad basado en encuestas regulares a las víctimas
mismas.
Es obvio que
tú, la defensora o defensor de víctimas, te
encuentras en el asiento de ojo de pájaro. Pero aun
las(os) defensoras(es) no van a advertir la mala conducta
de los agentes a menos que también de rutina entrevisten
directamente a las víctimas acerca del manejo de
sus casos por parte de las fuerzas de seguridad y revisen
minuciosamente los documentos y reportes relevantes.
6.
Un final y especial saludo al fiscal de distrito de nuestro
condado, ¡el más formidable de todos los obstáculos!
Los grupos
de defensoría, los que luchan por la justicia social
y por los derechos humanos que persiguen corregir los abusos
en el sistema de justicia criminal usualmente lo hacen enfocándose
en la policía, mientras al mismo tiempo ignoran por
completo al fiscal de distrito. Éste es un error
monumental y desconcertante, ya que el fiscal de distrito
es el funcionario más poderoso del sistema de justicia
criminal en tu comunidad.
El fiscal
de distrito se sienta en la cima del sistema de justicia
criminal y tiene un poder unilateral, absoluto y sin control
para rechazar casos a su antojo, o rechazar categorías
enteras de casos, sin importar cuáles sean las evidencias.
Y dado que cada caso generado en el condado pasa por la
Oficina del Fiscal de Distrito, éste ejerce un control
absoluto sobre las leyes que serán aplicadas en tu
comunidad y las que no lo serán.
Este poder
sin control del fiscal de distrito para anular leyes él
solo y a su antojo es la única gran reserva de tiranía
gubernamental institucionalizada que queda en los Estados
Unidos. Es una tiranía ejercida fuera del imperio
de la ley y exclusivamente según el antojo arbitrario
e individual del fiscal de distrito.
Las mujeres,
las niñas y los niños víctimas de violencia
son las principales y sistemáticas víctimas
de esta tiranía. Porque éstos son los casos
en los que, uniformemente, a los fiscales de distrito menos
les gusta trabajar.
El monumental
alcance del poder ejercido por los fiscales de distrito
se deriva de una serie de fuentes:
* El fiscal
de distrito está ubicado en la cima del sistema
de justicia criminal. Con pocas excepciones, todos
los casos criminales de un distrito pasan por las manos
del fiscal. El fiscal de distrito, y sólo él,
decide cuáles leyes serán aplicadas en una
comunidad y cuáles no, simplemente decidiendo cuáles
crímenes serán perseguidos y cuáles
no. Sólo del fiscal de distrito depende cuáles
víctimas obtendrán justicia y cuáles
no.
No existe un
proceso de apelación ni un remedio formal si el fiscal
de distrito no persigue un crimen, o hasta una categoría
entera de crímenes, sin importar cuántas pruebas
existan de que los crímenes ocurrieron. Tampoco hay
un medio alternativo para conseguir que un crimen sea perseguido
si el fiscal de distrito se rehúsa a perseguirlo.
En teoría, el fiscal general del estado puede rebasar
al fiscal de distrito, pero esto sucede tan raras veces
que ni siquiera vale la pena mencionarlo.
El poder unilateral
del fiscal de distrito para rechazar casos a su antojo y,
con ello, decidir cuáles leyes serán aplicadas
se denomina discrecionalidad absoluta de prosecución.
El fiscal de distrito es el guardián del sistema
de justicia criminal. Si él no está dispuesto
a perseguir un caso, ése será el fin del caso.
Ya es suficientemente
malo que en una comunidad algunos agentes de policía,
o aun la mayoría de ellos, ignoren la violencia contra
las mujeres. Cuando un agente de policía ignora un
caso de violencia contra las mujeres o lo maneja en forma
inadecuada, al menos la víctima tiene la opción
de buscar a otro agente para que tome el reporte, o de recurrir
al fiscal de distrito. Pero si a éste no se le puede
presionar para que persiga un caso, el libro está
cerrado. Y si rutinariamente se rehúsa a presentar
cargos o a presentar cargos inapropiados en la mayoría
de los casos de violación y violencia doméstica,
es como si no existieran las leyes relacionadas con estos
crímenes cometidos contra las mujeres. Y no hay nada
que ningún otro poder pueda hacer al respecto. Sobre
el poder del fiscal de distrito para anular leyes no existe
control alguno.
Éste no
es un ejercicio abstracto. El desecho masivo y discriminatorio
de casos viables de violencia contra las mujeres es fácil
de ilustrar en aquellos condados donde el fiscal de distrito
asigna sus asistentes a categorías específicas
de crímenes. En nuestro condado, por ejemplo, sólo
seis de un total de 48 asistentes del fiscal de distrito
están asignados a cubrir los casos de violación
y violencia doméstica. Dado que el 25 por ciento
de las llamadas a la policía se relaciona con la
violencia doméstica -sin contar la violación-,
queda claro, a la luz de lo anterior, que a las víctimas
de estos crímenes en nuestro condado se les está
denegando la protección igualitaria de la ley.
* Debido
a que el fiscal de distrito está ubicado en la
cima del poder de las fuerzas de seguridad, él
también controla, para empezar y en gran medida,
cuáles crímenes serán investigados
por la policía. Claramente, si el fiscal de
distrito no presenta cargos en la mayoría de casos
de violación, ni siquiera los más diligentes
oficiales de policía van a desperdiciar su tiempo
haciendo todo el trabajo requerido para investigar los
casos. De manera similar, si el fiscal de distrito decide
perseguir agresivamente los crímenes relacionados
con drogas, es lógico entonces que la policía
se entusiasme tanto con estos casos. Es la naturaleza
humana. ¿Por qué invertir tanto trabajo
si de antemano se sabe que el fiscal de distrito simplemente
va a botarlo a la basura?
* El fiscal
de distrito no sólo ejerce un control formidable
sobre cuáles crímenes investigará
la policía, sino también controla cuáles
casos serán conocidos por los jueces en sus cortes.
Después de todo, si el fiscal de distrito rechaza
el 90 por ciento de los casos de violación, los
jueces terminarán pensando que no están
ocurriendo muchas violaciones en su ciudad. Los casos
rechazados por un fiscal de distrito sencillamente nunca
llegan a la corte. Siendo así, los jueces no tienen
idea de cuáles crímenes o categorías
de crímenes están siendo ignorados en su
comunidad. Cualquier opinión que los jueces tengan
sobre los patrones del crimen en su comunidad está
determinada por los crímenes que el fiscal de distrito
permita que ellos conozcan.
Por la misma
razón, los oficiales de libertad condicional, los
oficiales de correcciones, los abogados defensores, los
secretarios de la corte y una amplia gama de oficiales de
la justicia criminal, aparte de la policía, sólo
conocen aquellos crímenes que el fiscal de distrito
les permite conocer. Ninguno de estos oficiales entran en
el juego sino hasta que el fiscal de distrito presenta cargos
en un caso. Ninguno ve el patrón de crímenes
que el fiscal de distrito bota a la basura. Si el fiscal
de distrito no presenta cargos en la mayoría de los
casos de violación, todos los jueces, oficiales de
libertad condicional, abogados defensores, estadísticos
del condado, etc. dirán, con toda sinceridad, que
la violación no es un problema.
Conviene repetirlo:
solamente el fiscal de distrito decide a cuáles crímenes
se les permitirá entrar en el sistema y a cuáles
no; cuáles leyes serán aplicadas y cuáles
no; cuáles víctimas obtendrán justicia
y cuáles no.
* Los abusos
del poder del fiscal de distrito que ocurren cuando este
funcionario se extralimita en sus poderes son a menudo
visibles al público. Los abusos del poder del fiscal
de distrito que suceden cuando éste deniega su
poder son invisibles.
Cuando los fiscales
se extralimitan en sus poderes realizando prosecuciones
vengativas, utilizando evidencias falsas o reteniendo pruebas
exculpatorias, estos abusos con frecuencia son expuestos
en la corte debido a que los abogados defensores están
presentes para servir como vigilantes oficiales precisamente
sobre ese tipo de abusos. Pero cuando los fiscales abusan
del poder denegándole a un grupo u otro el acceso
a la justicia, tales abusos son por completo invisibles
para las cortes porque estos casos, por supuesto, nunca
llegan a las cortes.
Me pude percatar
del manto de invisibilidad sobre este aspecto del poder
del fiscal de distrito cuando me visitó una amiga
de Chicago. Ella acababa de jubilarse tras una carrera de
toda una vida como defensora pública en la Oficina
de Defensa Pública del condado Cook (Chicago). Había
pasado décadas siendo vigilante de la hiper-agresiva
prosecución de acusados por parte del fiscal de distrito.
Pero en todos esos años -dijo- a ella no se le había
ocurrido que había otra entera constelación
de abusos de poder de prosecución que estaban ocurriendo
tras bambalinas mediante un patrón de crímenes
que el fiscal de distrito se rehusaba a perseguir. Después
de todo, esos casos nunca llegaban a la atención
de ella.
* Una vez
que un fiscal de distrito es electo, no existe control
sobre los inmensos poderes que ejercerá para decidir
cuáles crímenes tomar seriamente y cuáles
ignorar. Esto es único entre los poderes públicos
en los Estados Unidos, ya que todos los demás poderes
gubernamentales están sujetos a controles y balances.
Cuando un miembro de un concejo municipal es electo, por
ejemplo, su poder de voto se diluye y es controlado por
el poder de voto de los demás miembros del concejo.
En contraste, una vez que un fiscal de distrito es electo,
no existe ningún otro funcionario que pueda votar
contra su decisión de rechazar casos. No existe
ningún otro funcionario a quien el fiscal de distrito
le deba consultar para tomar esas decisiones. Tampoco
pueden los jueces, jefes de policía, el presidente
de los Estados Unidos ni nadie más alterar las
decisiones del fiscal de distrito para rechazar un caso
o toda una categoría de casos.
El poder del
fiscal de distrito para rechazar casos es absoluto, no tiene
controles ni está diluido por ningún otro
poder oficial. Este enorme poder es ejercido completamente
según el antojo arbitrario del fiscal de distrito
individual. Y del antojo de este único individuo
depende el acceso de las mujeres a la protección
y la justicia.
* Aun aquellos
grupos de derechos civiles que, por razones desconcertantes,
se enfocan en los abusos de poder del sistema de justicia
criminal, fallan en dirigir sus miradas al fiscal de distrito.
Un buen ejemplo de ello se puede observar en el manejo
del escándalo Ramparts. Ramparts era una fuerza
especializada del Departamento de Policía de Los
Ángeles que rutinariamente, según se descubrió,
plantaba falsas evidencias, escribía reportes falsos,
realizaba falsos arrestos, les robaba a ciudadanas y ciudadanos,
cometía asesinatos. Hubo un encubrimiento masivo
por parte del personal de mando de la policía acerca
de estos hechos. Todo ello derivó en sentencias
ilegítimas de por lo menos cien personas.
Sorprendentemente,
líderes de la comunidad acudieron a la Oficina del
Fiscal de Distrito para que investigara y remediara el problema.
Pero ¿acaso no es obvio, a la luz de todos los hechos,
que la montaña de abusos cometidos por la unidad
policial Ramparts no pudo haber continuado ni conducido
a sentencias sin que la Oficina del Fiscal de Distrito tuviera
conocimiento de ello y estuviera involucrada hasta el cuello?
De la creciente
cantidad de municipalidades que han creado juntas para revisión
de la policía con la intención de remediar
los abusos de poder policiales, ¿cómo es posible
que ninguna de éstas ha puesto su mira en los abusos
de poder aún mayores de los fiscales de distrito?
Por encima de
todo, a fin de acabar con el imperio de la violencia contra
las mujeres, ellas necesitan protección y justicia.
Y para asegurar la protección y la justicia, las
mujeres no podemos darnos el lujo de ignorar al único
individuo que se sienta en la cima del sistema de justicia
criminal. Debemos establecer controles a la discrecionalidad
del fiscal de distrito. La protección y la justicia
de las mujeres contra la violencia no pueden quedar al antojo
arbitrario de una sola persona. Y ésa es exactamente
la situación en la que ahora nos encontramos.
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