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El caso de Maria Teresa Macias

14a. Enmienda... ¿Para las mujeres?

La 14a. Enmienda de la Constitución de los
Estados Unidos
(no ha sido para las mujeres)

"...Ningún estado... negará a ninguna persona dentro de su jurisdicción la protección igualitaria de las leyes".

No existen otras palabras en la Constitución que tan claramente engloben la promesa de la equidad en los Estados Unidos. Y no hay otras palabras que parezcan mejor diseñadas para remediar la sistemática negación de justicia a las mujeres víctimas de violación y violencia doméstica. De hecho, las mismas condiciones que motivaron la redacción de la 14a. Enmienda son tan sorprendentemente análogas a la situación actual de las mujeres, que parece imposible que las invocaciones legales de esta enmienda por parte de ellas hayan sido rechazadas durante tanto tiempo.

La 14a. Enmienda fue ratificada en 1868, poco tiempo después de la emancipación de los esclavos. Con la disolución de los vínculos legales de la esclavitud, las personas caucásicas del sur recurrieron a una diseminada violencia racista contra las de raza negra como un medio para recuperar el control de los esclavos liberados. En el mejor de los casos, el sistema de aplicación de justicia en el sur respondió a esta violencia epidémica cruzándose de brazos y haciéndose de la vista gorda. La 14a. Enmienda fue diseñada precisamente para remediar esta deliberada y sistemática renuencia del sistema de justicia a intervenir en la violencia racista. Y cuando la enmienda fue redactada, se hizo con el noble y grande ideal de garantizar a todas las personas una protección igualitaria de las leyes.

Pero los políticos del norte fraguaron un terrible trato con la esperanza de aplacar a los del sur, para quienes la sola idea de que los hombres negros gozaran de equidad era suficientemente amenazante. Fue así como en el segundo artículo de la 14a. Enmienda se estipularon penalizaciones para cualquier estado que negara tales protecciones a sus ciudadanos HOMBRES. Las mujeres lucharon arduamente para revertir este malévolo truco, pero perdieron. Ésta fue la primera vez que una distinción basada en el sexo figuró en la Constitución. En la actualidad las mujeres aún no se han liberado de ella.

Aun así, las mujeres no podían resistir las prometedoras palabras de protección igualitaria. Inmediatamente empezaron a invocar legalmente la 14a. Enmienda a favor del derecho al sufragio, a los derechos laborales y educativos, a todos sus derechos y, sobre todo, a la igualdad de derechos. Y, tan pronto como ellas lo hicieron, la Corte Suprema comenzó a diseñar su medieval "ideología de esfera separada" para las mujeres. "Por orden divina", tal como la Corte Suprema inicialmente instauró esta dañina doctrina de considerar a las mujeres como cualquier cosa menos personas, "las mujeres se ubican correctamente en una clase por sí misma". Y así, durante más de un siglo, mientras más han apelado ellas a la 14. Enmienda para reclamar sus derechos, más se ha empecinado la Corte Suprema en afirmar "No, ustedes son diferentes" y a un nivel más profundo ha llevado la Corte la desigualdad femenina en el espíritu de la ley en Estados Unidos.

Es por esto que las mujeres se han esforzado tanto en el último siglo por que se apruebe una enmienda sobre igualdad de derechos: para, de alguna manera, superar la amarga cadena de traiciones derivadas de decisiones basadas en la 14a. Enmienda contra ellas. En estos intentos por lograr la aprobación de una enmienda sobre igualdad de derechos, las mujeres fueron nuevamente derrotadas.

Ha sido apenas en las últimas dos décadas que las mujeres han empezado a revertir algunos de los daños derivados de la 14a. Enmienda, principalmente en áreas relacionadas con los derechos laborales y educativos. Sin embargo, en el ámbito de la justicia la Corte Suprema, aun tan recientemente como 1989, ha marcado dos veces a las mujeres con su particular sello de golpes devastadores, afirmando y, de hecho, fortaleciendo el derecho del sistema de aplicación de justicia a no hacer absolutamente nada y dejándolas, hasta la fecha, sin mecanismo alguno para responsabilizar a dicho sistema.

Es por ello que estamos sorprendidas tras el dictamen del 20 de julio de la Corte de Apelaciones del Noveno Circuito, el cual declaró que María Teresa Macías tenía, con base en la 14a. Enmienda, el derecho constitucional a recibir servicios policiales sin discriminación. Estamos extáticas. Y hasta nos atrevemos a esperar que cuando una mujer llame a la policía para pedir ayuda, recibirá la protección y la justicia que son derechos constitucionales que se le deben desde hace muchísimo tiempo.

Se autoriza copiar y distribuir esta información siempre y cuando el crédito y el texto se mantengan intactos.
Reservados © todos los derechos, Marie De Santis,
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Traduccion por Laura E. Asturias / Guatemala

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