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Cartas a autoridades

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November, 2000
Tres recomendaciones legislativas, violencia contra las mujeres

El problema y la premisa: Existe una urgente necesidad de contar con legislación que establezca controles sobre la respuesta del Fiscal de Distrito y la Policía a la violación, la violencia doméstica y el abuso infantil. Demasiado frecuentemente, los oficiales del sistema de justicia abusan de sus amplios poderes discrecionales frente a estos crímenes, optando por denegar la aplicación de la ley, denegar protección y procesamiento legal, así como negarles a las víctimas el acceso a la justicia, aun cuando todas las circunstancias y evidencias ameritan una plena respuesta del sistema de justicia.

Es crucial una respuesta completa y agresiva por parte del Fiscal de Distrito y de la Policía para poner fin a la violencia contra las mujeres. En cuestión de pocos años de aplicar ciertas medidas, varias comunidades en nuestro país (San Diego, CA, Nashville, TN, Quincy, MA, etc.) han demostrado la efectividad dramática y sin precedentes de una fuerte respuesta del sistema de justicia a la violencia contra las mujeres, al reducir en 60% o más sus tasas de homicidios relacionados con violencia doméstica. De manera trágica, esta premisa se comprueba más frecuentemente a la inversa. La investigación del camino que conduce a homicidios relacionados con violencia doméstica que ya ocurrieron revela que dicho camino casi siempre está marcado por la incapacidad de las autoridades de justicia para responder adecuadamente a las llamadas de las víctimas en busca de ayuda. Este dilema se ve agravado por el hecho de que, contrario a lo que el público en general suele pensar, la Policía no tiene la obligación legal de actuar aun en las situaciones más urgentes y el público carece de un remedio legal para responsabilizar a la Policía y a los fiscales cuando estos oficiales se rehusan a responder adecuadamente o no reaccionan en absoluto.

1

Se necesita legislación a fin de restringir los absolutos poderes discrecionales del Fiscal de Distrito que le permiten rehusarse a procesar un caso. Los Fiscales de Distrito son figuras centrales en todas las agencias de aplicación de justicia de un condado. Si el Fiscal de Distrito se niega sistemáticamente a procesar los casos enjuiciables de violación y violencia doméstica, cada agente de policía en todas las jurisdicciones del condado inevitablemente interpretará que estos crímenes no ameritan una respuesta apropiada. Dado que demasiados Fiscales de Distrito abusan de sus poderes discrecionales al desechar con regularidad casos perfectamente sólidos de violencia contra las mujeres, la legislatura debe empezar a proporcionar a la población algunas medidas efectivas de protección contra, y de control sobre, los abusos de los Fiscales de Distrito de los que hoy día constituyen poderes discrecionales totalmente incontrolados y que conducen a que estos funcionarios se rehusen en forma arbitraria a procesar cada vez que les place, sin importar cuántas evidencias existan. De manera similar, también se requiere de restricciones legislativas sobre los poderes discrecionales de la Policía que permiten que ésta caprichosamente deniegue protección y aplicación de la ley.

2

Se requiere legislación, o acción legislativa, para remediar el profundo conflicto de intereses que está coartando la habilidad de defensores de víctimas para criticar al sistema de justicia en California. En vista del crucial papel que juega la aplicación de justicia en poner fin a la violencia contra las mujeres, y dada la frecuencia con que el sistema falla en actuar, las y los defensores de víctimas deben tener poder para enfrentarse a dicho sistema cuando las necesidades de una víctima no están siendo satisfechas. En la actualidad, casi todos los centros para víctimas de violación y violencia doméstica en California se encuentran atrapados en un profundo conflicto de intereses debido a que su financiamiento básico anual requiere de las firmas de todos los jefes del sistema de aplicación de justicia a fin de poder recibir fondos. Existen numerosos ejemplos de cómo los funcionarios utilizan este mecanismo para sofocar una efectiva defensa de las víctimas en el sistema de justicia criminal. Como mínimo, la legislatura debería actuar para erradicar por completo este conflicto de intereses; en primer lugar, eliminando el requisito de que los jefes del sistema de aplicación de justicia firmen las solicitudes de fondos de los centros para víctimas; en segundo lugar, retirándole a la Oficina de Planificación de Justicia Criminal de California el control sobre los fondos de la Ley Federal sobre la Violencia contra las Mujeres; y finalmente, aumentando en el ámbito legislativo el poder de las y los defensores de víctimas en el proceso de justicia criminal.

3

Se necesita legislación para estimular, orientar y apoyar la creación de una revisión civil efectiva e independiente de la Policía y los Fiscales de Distrito. En Estados Unidos aún no se ha respondido la pregunta: ¿quién controla a la Policía? Además de la peligrosa ausencia de mecanismos de control ciudadano sobre la respuesta del sistema de aplicación de justicia a la violencia contra las mujeres, las comunidades a lo largo del país se debaten urgentemente con preguntas acerca de cómo controlar el excesivo uso de fuerza por parte de la Policía, el racismo y sexismo dentro de ésta, así como su desconsideración hacia las quejas de la ciudadanía. La legislatura debería liderar la investigación, la descripción y el apoyo de la legislación acerca de la formación de una revisión civil del sistema de aplicación de justicia que sea independiente de vínculos con éste, que posea poderes disciplinarios y para llamar a declaración y que enfoque las preocupaciones comunitarias claves antes mencionadas.

Se autoriza copiar y distribuir esta información siempre y cuando el crédito y el texto se mantengan intactos.
Reservados © todos los derechos, Marie De Santis,
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Traduccion por Laura E. Asturias / Guatemala

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