El problema y la
premisa: Existe
una urgente necesidad de contar con legislación que establezca
controles sobre la respuesta del Fiscal de Distrito y la Policía
a la violación, la violencia doméstica y el abuso infantil. Demasiado
frecuentemente, los oficiales del sistema de justicia abusan de
sus amplios poderes discrecionales frente a estos crímenes, optando
por denegar la aplicación de la ley, denegar protección y procesamiento
legal, así como negarles a las víctimas el acceso a la justicia,
aun cuando todas las circunstancias y evidencias ameritan una
plena respuesta del sistema de justicia.
Es crucial una respuesta
completa y agresiva por parte del Fiscal de Distrito y de la Policía
para poner fin a la violencia contra las mujeres. En cuestión
de pocos años de aplicar ciertas medidas, varias comunidades en
nuestro país (San Diego, CA, Nashville, TN, Quincy, MA, etc.)
han demostrado la efectividad dramática y sin precedentes de una
fuerte respuesta del sistema de justicia a la violencia contra
las mujeres, al reducir en 60% o más sus tasas de homicidios relacionados
con violencia doméstica. De manera trágica, esta premisa se comprueba
más frecuentemente a la inversa. La investigación del camino que
conduce a homicidios relacionados con violencia doméstica que
ya ocurrieron revela que dicho camino casi siempre está marcado
por la incapacidad de las autoridades de justicia para responder
adecuadamente a las llamadas de las víctimas en busca de ayuda.
Este dilema se ve agravado por el hecho de que, contrario a lo
que el público en general suele pensar, la Policía no tiene la
obligación legal de actuar aun en las situaciones más urgentes
y el público carece de un remedio legal para responsabilizar a
la Policía y a los fiscales cuando estos oficiales se rehusan
a responder adecuadamente o no reaccionan en absoluto.
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Se necesita
legislación a fin de restringir los absolutos poderes discrecionales
del Fiscal de Distrito que le permiten rehusarse a procesar un
caso. Los Fiscales de Distrito son figuras centrales en todas
las agencias de aplicación de justicia de un condado. Si el Fiscal
de Distrito se niega sistemáticamente a procesar los casos enjuiciables
de violación y violencia doméstica, cada agente de policía en
todas las jurisdicciones del condado inevitablemente interpretará
que estos crímenes no ameritan una respuesta apropiada. Dado que
demasiados Fiscales de Distrito abusan de sus poderes discrecionales
al desechar con regularidad casos perfectamente sólidos de violencia
contra las mujeres, la legislatura debe empezar a proporcionar
a la población algunas medidas efectivas de protección contra,
y de control sobre, los abusos de los Fiscales de Distrito de
los que hoy día constituyen poderes discrecionales totalmente
incontrolados y que conducen a que estos funcionarios se rehusen
en forma arbitraria a procesar cada vez que les place, sin importar
cuántas evidencias existan. De manera similar, también se requiere
de restricciones legislativas sobre los poderes discrecionales
de la Policía que permiten que ésta caprichosamente deniegue protección
y aplicación de la ley.
2
Se requiere legislación,
o acción legislativa, para remediar el profundo conflicto de intereses
que está coartando la habilidad de defensores de víctimas para
criticar al sistema de justicia en California. En vista del
crucial papel que juega la aplicación de justicia en poner fin
a la violencia contra las mujeres, y dada la frecuencia con que
el sistema falla en actuar, las y los defensores de víctimas deben
tener poder para enfrentarse a dicho sistema cuando las necesidades
de una víctima no están siendo satisfechas. En la actualidad,
casi todos los centros para víctimas de violación y violencia
doméstica en California se encuentran atrapados en un profundo
conflicto de intereses debido a que su financiamiento básico anual
requiere de las firmas de todos los jefes del sistema de aplicación
de justicia a fin de poder recibir fondos. Existen numerosos ejemplos
de cómo los funcionarios utilizan este mecanismo para sofocar
una efectiva defensa de las víctimas en el sistema de justicia
criminal. Como mínimo, la legislatura debería actuar para erradicar
por completo este conflicto de intereses; en primer lugar, eliminando
el requisito de que los jefes del sistema de aplicación de justicia
firmen las solicitudes de fondos de los centros para víctimas;
en segundo lugar, retirándole a la Oficina de Planificación de
Justicia Criminal de California el control sobre los fondos de
la Ley Federal sobre la Violencia contra las Mujeres; y finalmente,
aumentando en el ámbito legislativo el poder de las y los defensores
de víctimas en el proceso de justicia criminal.
3
Se necesita legislación
para estimular, orientar y apoyar la creación de una revisión
civil efectiva e independiente de la Policía y los Fiscales de
Distrito. En Estados Unidos aún no se ha respondido la pregunta:
¿quién controla a la Policía? Además de la peligrosa ausencia
de mecanismos de control ciudadano sobre la respuesta del sistema
de aplicación de justicia a la violencia contra las mujeres, las
comunidades a lo largo del país se debaten urgentemente con preguntas
acerca de cómo controlar el excesivo uso de fuerza por parte de
la Policía, el racismo y sexismo dentro de ésta, así como su desconsideración
hacia las quejas de la ciudadanía. La legislatura debería liderar
la investigación, la descripción y el apoyo de la legislación
acerca de la formación de una revisión civil del sistema de aplicación
de justicia que sea independiente de vínculos con éste, que posea
poderes disciplinarios y para llamar a declaración y que enfoque
las preocupaciones comunitarias claves antes mencionadas.
Se
autoriza copiar y distribuir esta información siempre y
cuando el crédito y el texto se mantengan intactos.
Reservados © todos los derechos, Marie De Santis,
Women's Justice Center,
www.justicewomen.com
rdjustice@monitor.net
Traduccion por Laura E. Asturias / Guatemala
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